REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 17 de Mayo de 2005.


CAUSA: 2E-780-99

JUEZ: DRA. NANCY MARINA BASTIDAS DE GARCIA

SECRETARIA: Abg. ANGELICA M. VELASQUEZ.

PENADO: JESUS RAMÓN GARCIA

DEFENSA PÚBLICA: MARITZA MATERAN PEREZ

FISCAL: DR. ANGEL RAFAEL BASTARDO



En fecha, 28 de febrero de 2004, este Tribunal practicó computo de la pena en la causa que se le sigue al ciudadano JESUS RAMON GARCIA, en la cual se estableció, que tenía una pena pendiente por cumplir, de CUATRO (04) AÑOS, ello por cuanto en fecha 07 de junio de 2000, le fue revocado el beneficio de pernocta externa.

Con ocasión a este decisión y en virtud de que en las actuaciones cursan oficios emanados del Tribunal Tercero de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, como es el caso de los oficios Nos. 419 y 420 de fecha 15 de abril de 2002, donde solicitan información sobre el penado de marras, este Tribunal solicitó al Tribunal Tercero de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, el envió de las actuaciones que cursaban por ante ese despacho a objeto de acumular las penas, por cuanto la que se ventila ante este Tribunal resulta de hechos ocurridos en el año 1991, es decir anterior a las llevadas ante el Tribunal Tercero de Ejecución del Estado Guarico.
Recibidas las actuaciones solicitadas, este Tribunal en fecha 02 de mayo procedió a practicar la acumulación de las penas correspondientes y se practicó nuevo computo, todo conforme a lo previsto en los artículos 479. 2 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 87 del Código Penal; oficiándose a la Penitenciaria General de Venezuela, de donde en fecha 09 de mayo se ha recibido vía fax comunicación detallada, sobre la existencia de dos personas que llevan el mismo nombre es decir JESUS RAMON GARCIA, uno de los cuales se encuentra cumpliendo pernocta externa, quien compareció ante este Tribunal en fecha 16 de mayo de 2005, y otro quien se encuentra recluido en el Internado Judicial del Estado Guarico, con Cédula de Identidad N° 7.285.001, como se evidencia de los autos. En tal sentido este Tribunal resuelve desacumular las causas y penas acumuladas y enviar el expediente donde aparece como penado el ciudadano JESUS RAMON GARCIA C.I. N° 7.285.001, al Tribunal Tercero de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Tribunal este que venia conociendo de la respectiva causa, y quien según decisión inserta al folio 137 de la pieza 02, cumplirá la pena en fecha 26 de mayo de 2005; continuando este Tribunal con el conocimiento de la causa que se le sigue a JESUS RAMON GARCIA, persona de quien se desconocía su número de cédula, empero que en día de ayer lo suministro siendo este 19.086.530 y quien se encuentra bajo un régimen de presentaciones, denominada pernocta externa. Ordenándose su citación con carácter urgente.

DISPOSITIVA

Por las razones expuestas este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, desacumula las causas y penas que fueron acumuladas en fecha 02 de mayo de 2005, y remite las actuaciones correspondiente a la causa seguida en contra del ciudadano JESUS RAMON GARCIA, quien tiene Cédula de Identidad N° 7.285.001, al Tribunal Tercero de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico y continua con el conocimiento de la causa del ciudadano JESUS RAMON GARCIA, Cédula de Identidad 19.986.530.

Diarícese, Publíquese, Notifíquese y Cítese al penado JESUS RAMON GARCIA.
LA JUEZ DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

DRA. NANCY MARINA BASTIDAS
LA SECRETARIA


ABOG. ANGELICA M. VELASQUEZ


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA


ABOG. ANGELICA M. VELASQUEZ



Act. 2E-780-99
NMB.-