REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 24 de mayo de 2005
194º y 146º
CAUSA N° 3E2975-04
JUEZ: JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO.-
SECRETARIO: EDUARDO SANCHEZ.-
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PROCESADOS: PAGUAVE MAXIMI DANNY ANTONIO de nacionalidad Ecuatoriana, natural de Guayaquil, no portaba Cedula de Identidad y dice poseer el Nro. E-82.086.746, con de fecha de nacimiento 09-11-79, de estado civil casado, profesión u oficio albañil, de 24 años de edad, residenciado en: la Calle Luis Correa, Callejón el Parque, Casa S/N, de Color Blanca, hijo de Jose Piguave Quevedo (v) Y de Sor Maximi (v) y VASQUEZ GONZALEZ WILFREDO, nacionalidad venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, no porta Cedula de Identidad y manifestó poseer el Nro. V-15.914.977, de estado civil Casado, fecha de nacimiento 28-12-1981, profesión u oficio Taxista, de 22 años de edad, hijo de José Vásquez (V), y de Reina González (V), residenciado en: el Kilómetro 26, frente al Terminal los Lagos, Sector el Cacique, Casa S/N, de Color Azul, frente al metrobus, Teléfono Celular de su madre 0414-3298917, Liliana Martínez su conjugue.-
DEFENSA: MIRNA YEPEZ, adscrita a la Unidad Publica Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques.-
FISCAL: ABG: ANGEL RAFAEL BASTARDO, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias.-.
VICTIMA: CHYRLY GONZALEZ HERNANDEZ.-
DELITO: HURTO CALIFICADO CON ABUSO DE CONFIANZA.-
Definitivamente firme como se encuentra la decisión dictada en fecha 30 de Septiembre de 2004 por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, que decreto el SOBRESEIMIENTO a favor de los ciudadanos PAGUAVE MAXIMI DANNY ANTONIO de nacionalidad Ecuatoriana, natural de Guayaquil, no portaba Cedula de Identidad y dice poseer el Nro. E-82.086.746, con de fecha de nacimiento 09-11-79, de estado civil casado, profesión u oficio albañil, de 24 años de edad, residenciado en: la Calle Luis Correa, Callejón el Parque, Casa S/N, de Color Blanca, hijo de José Piguave Quevedo (v) Y de Sor Maximi (v) y VASQUEZ GONZALEZ WILFREDO, nacionalidad venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, no porta Cedula de Identidad y manifestó poseer el Nro. V-15.914.977, de estado civil Casado, fecha de nacimiento 28-12-1981, profesión u oficio Taxista, de 22 años de edad, hijo de José Vásquez (V), y de Reina González (V), residenciado en: el Kilómetro 26, frente al Terminal los Lagos, Sector el Cacique, Casa S/N, de Color Azul, frente al metrobus, Teléfono Celular de su madre 0414-3298917, Liliana Martínez su conjugue; de la acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público de este Estado representado por el Profesional del Der4echo Abg. Eddi Rosales Sannazzaro, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado con Abuso de Confianza, previsto en el artículo 455 ordinal 1º en concordancia con el artículo 80 primer aparte del Código Penal, en aplicación de los artículo 318 del ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, habiéndose decretado la libertad plena de los investigados en fecha 30 de septiembre del año dos mil cuatro (2004), al dictarse el dispositivo en Audiencia de juicio, siendo el Estado Venezolano exonerado en costas, se advierte que no hay actuaciones que practicar por este tribunal de ejecución, por lo que se acuerda PRIMERO: Se ordena oficiar al Consultor Jurídico del Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas de Caracas Distrito Capital, a objeto de que se sirva EXCLUIR de PANTALLA a los ciudadanos PAGUAVE MAXIMI DANNY ANTONIO de nacionalidad Ecuatoriana, natural de Guayaquil, no portaba Cedula de Identidad y dice poseer el Nro. E-82.086.746, con de fecha de nacimiento 09-11-79, de estado civil casado, profesión u oficio albañil, de 24 años de edad, residenciado en: la Calle Luis Correa, Callejón el Parque, Casa S/N, de Color Blanca, hijo de Jose Piguave Quevedo (v) Y de Sor Maximi (v) y VASQUEZ GONZALEZ WILFREDO, nacionalidad venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, no porta Cedula de Identidad y manifestó poseer el Nro. V-15.914.977, de estado civil Casado, fecha de nacimiento 28-12-1981, profesión u oficio Taxista, de 22 años de edad, hijo de José Vásquez (V), y de Reina González (V), residenciado en: el Kilómetro 26, frente al Terminal los Lagos, Sector el Cacique, Casa S/N, de Color Azul, frente al metrobus, Teléfono Celular de su madre 0414-3298917, Liliana Martínez su conjugue; y SEGUNDO: remitir en la oportunidad legal a la Oficina de Archivo Judicial a los fines de su cuido y resguardo. Regístrese. Cúmplase.
El Juez
JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
El Secretario
EDUARDO SANCHEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, formándose legajo para la remisión del expediente a la Oficina de Archivo Judicial de esta localidad.
El Secretario
EDUARDO SANCHEZ
JGHL/ES/msj
Causa Nº 3E-2975-04