REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 13 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2005-001481
ASUNTO : MP21-P-2005-001481

JUEZ: NELIDA ACOSTA DE RINCON
FISCAL 16 del M. P: SAMUEL FERREIRA
IMPUTADO: LUCIO ALEXANDER BALCEIRO GOMEZ
ROBERTO ZAPATA GONZALEZ VICTIMA: ENNIN ALEJANDRONUÑEZ
SECRETARIA: YOLEXSI URBINA


Visto el escrito interpuesto por el Dr. SAMUEL A. FERREIRA, actuando con el carácter de fiscal Auxiliar Décimo Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante el cual solicita se decrete la medida de Privación Preventiva de Libertad, según lo establece el primer párrafo del articulo del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme en sus ordinales 1°, 2, 3°, y tal efecto ordene la correspondiente ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL, contra de los ciudadanos imputados: 1.- BALCEIRO GOMEZ LUCIO ALEXANDER, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.705.921 y 2.- ROBERTO ZAPATA GONZALEZ , apodado “ EL CHIGUITA” indocumentado. En tal sentido, este Tribunal, antes de emitir el pronunciamiento correspondiente, previamente observa:

Cursa al folio Cuatro (4) al Cinco (5) del expediente, Acta de Investigación Penal

Cursa al folio Diez del expediente Auto de Apertura de la Investigación de fecha 21 de Febrero de 2005, en virtud de la transcripción de la novedad presentada en esta misma fecha ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se dejó constancia que se recibió llamada telefónica del funcionario que en el Kilómetro 21 de la Carretera Santa Lucía Mariche, se encuentra el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino, presentando heridas por armas de fuego..”

Con motivo de las diligencias practicadas, cursantes a los folios Doce (12) del presente expediente, quedó comprobado que el día 21 de Febrero de 2005 el funcionario GONZALEZ BLAS , adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, dejó constancia entre otras cosas de lo siguiente: “.. que en fecha lunes 21-02-05, aproximadamente las 4:30 horas de la mañana, encontrándose en labores de patrullaje vehicular en compañía de los funcionarios ADRIANZA ALEXIS, LEZAMA HERNAN, momentos en que se desplazaban por el casco central de Santa Lucía, recibieron una llamada del supervisor del área, quien les informó que se trasladaran por la carretera Petare- santa lucía, debido a que se produjo un enfrentamiento entre bandas y se presumía la existencia de un occiso en la vía pública,,informándoles los agentes Municipales que también resultó herido un ciudadano identificado como DAVID HIDALGO, quien fue trasladado hasta el hospital de santa lucía..Seguidamente se identificaron con la esposa del occiso de nombre XIOMARA ESTHER GONZALEZ DE NUÑEZ y nos aportó la identidad del occiso, siendo éste NUÑEZ BRAVO LENIN ALEJANDRO...la ciudadana antes mencionada nos informó que los presuntos autores son azotes del sector y responden a los nombres de JOSE BALSEIRO, LUCIO BALSEIRO Y EL APODADO EL CLETO, quienes hicieron armas y dispararon contra la comisión de la policía municipal, huyendo del sitio en veloz carrera y dejaron abandonado un vehículo..”

En fecha 21 de Febrero de 2005, se realizó Acta de Entrevista de la ciudadana XIOMARA ESTHER GONZALEZ DE NUÑEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.164.424, tal y como consta al folio trece, quien entre otras cosas expresó: “ El día de hoy lunes 21-02-05, a las 03:30 horas de la mañana, yo me encontraba durmiendo cuando sentí que golpeaban la puerta, y eran mi cuñado y mi primo que gritaban y yo abrí la puerta y venían varios otros tipos persiguiéndolos , entonces cerramos todas las puertas por miedo, ya que los tipos andaban armados, es cuando mi cuñado David me dijo que mi esposo Lenin estaba tirado en la calle por que estos le dieron unos tiros, y el también estaba herido y nos resguardamos en la casa pidiendo auxilio, por que estos tipos golpeaban la puerta y rompieron los vidrios de la ventana de la cocina, tratando de meterse , luego hubo un silencio y es cuando llega una patrulla de los municipales y mi hermana vio que los tipos eran vecinos, el señor Lucio Balseiro y sus dos hijos joseito y cleto y es cuando David me dijo que Lucio el papá fue el que le pegó en la cabeza y joseito le disparó y ellos le dispararon a la policía Y se escaparon.” A preguntas formuladas, contesto: TERCERA PREGUNTA: Diga Usted si sabe quien le disparó a su esposo? Contestó: Si, JOSE BALSEIRO, junto con su papá LUCIO BALSEIRO, quien lo golpeó primero por la cabeza y su hermano Cleto...”

En fecha 21 de Febrero de 2005 se realizó Acta de Entrevista de la ciudadana BALSEIRO GOMEZ LIBIA MILENA, Titular de la Cédula de Identidad N°V- 16.177.896, tal y como consta a los folios Dieciséis al Dieciocho, quien entre otras cosas expuso: “ Resulta que el día de hoy lunes 21-02-2005, aproximadamente a las 02:30 horas de la madrugada en momentos en que me encontraba en la casa de mi mamá de nombre Helda Rosa Gomez , JUNTO A MIS HERMANOS Lucio Alexander Balseiro Gomez, Josué Lorenz Balseiro Gomez, Carlos Eduardo Balseiro Gomez, mi papá LUCIO BALSEIRO JULIO, quien nos estaba visitando, ya que estabamos celebrando el cumpleaños de mi mamá, asimismo estaban varios muchachos del sector, entre esos uno de nombre LENIN, GOLLITO, DAVID, CHIGUITA, RICARDO VERGARA, ROBERTO REALES, DIOMEDES UTRIA, NATALI DEL CARMEN MARTELO…de pronto cuando yo estaba dentro de la cocina escuché una discusión en el pasillo de la casa, cuando salí a ver que era lo que pasaba vi a papá Lucio afuera en el patio hablando con mi hermano lucio a quien nosotros le decimos cleto aquien vi muy alterados y veo que se les acercó a ellos LENIN Y DAVID, cuando me dirigía hacia ellos , mi papá me miró y me dijo que me metiera para adentro , en eso veo a mi hermano Lucio o sea a Cleto que se fue hacia el frente de la casa y quien se veía muy molesto, yo entro a la casa y desde la puerta me quedé observando que era lo que pasaba y veo que venía Lenin corriendo y mi papá detrás de él, quien lo persigue con una pistola en la mano y aquien alcanzó en el pasillo de la casa y mi papá le metió con la pistola que él tenía en la cabeza a lenin y lo partió, en ese momento veo que lenin se fue para la casa de él, mi hermano lucio estaba parado en las escaleras de la entrada principal de la casa y quien quería ir a buscar a lenin para ver que fue lo que pasó..pero en ese momento salió de la casa gollito corriendo diciendo que mi papá lo corrió de la casa y le dijo que le iba a dar unos tiros..en eso..lucio le dice que no se preocupara que esa pistola no tenía balas..es cuando todos salimos corriendo y mi hermano LUCIO Y CHIGUITA, comenzaron a dispararle a LENIN, quien corría, en eso veo a LENIN que cayó en la calle y ellos dos continuaron disparando..bajé corriendo a mi casa en eso estaba mi papá, salió de la casa y me preguntó que estaba pasando y yo le dije..ya CLETO Y CHIGUITA mataron a LENIN..al rato supe que en la calle estaba LENIN muerto y DAVID se lo habían llevado para el Hospital del llanito. A preguntas formuladas, contestó: TERCERA PREGUNTA: Diga Usted, tiene conocimiento que personas le ocasionaron la muerte al ciudadano hoy occiso? CONTESTO: Sinceramente no se si fue mi hermano LUCIO O CHIGUITA, ya que ambos tenían pistolas y ambos dispararon en contra de LENIN y de los muchachos entre ellos DAVID Y GOLLITO..”

En fecha 21 de Febrero de 2005, se realizó entrevista de la ciudadana ELIAS GREGORIO RAMIREZ CANACHE,según consta a los folios Diecinueve (19) al Veinte, quien entre otras cosas expuso: “ ..a las 10:30 horas de la noche en momentos en que me encontraba en la casa de una muchacha de nombre LIBIA..se originó una discusión entre LENIN NUÑEZ..Con el papá de LIBIA aquien conozco como LUCIO…luego veo a LENIN que sube con la cabeza partida diciendo que LUCIO le había dada un cachazo con una pistola..nos salieron al paso CLETO, el hermano de LIBIA, quien estaba junto a un muchacho que lo apodan CHIGUITA..en eso CHGUITA y con ROBERTO, donde vi que CLETO Y CHIGUITA portaban pistolas y con las cuales nos apuntaban y comenzaron a revisarnos para ver si teníamos armamentos, en eso el CHIGUITA lanza un tiro al aire..todos comenzamos a correr y CLETO Y CHIGUITA comenzaron a dispararnos, nosotros corrimos..pero solo DAVID Y mi persona, ya que al parecer LENIN no sabíamos nada de él..DAVID estaba herido..A preguntas formuladas, contestó: TERCERA PREGUNTA: Diga Usted tiene conocimiento que personas le ocasionaron la muerte a lenin hoy difunto? Contestó: CLETO Y CHIGUITA, ya que ambos tenían pistolas y ambos dispararon en contra de LENIN y contra DAVID..”

En fecha 21 de Febrero de 2005, se realizó entrevista al ciudadano PALACIOS PINO CRUZ BERNARDO, según consta a los folios Veintiuno(21) al veintidós(22) quien entre otras cosas expuso: “ Resulta que el día lunes 21-02-05, aproximadamente a las 03:30 horas de la madrugada, en momentos que me encontraba en mi casa ..junto a mi concubina ESTHER GONZALEZ, ambos nos despertamos debido a varias detonaciones y gritos que se suscitaron cerca de nuestra casa, al levantarnos debido a que estaban tocando a la puerta y es cuando vemos que se trataba de mi yerno DAVID, quien entró junto a un muchacho a quien conozco como GOLLITO, quienes estaban muy asustados y veo que DAVID estaba herido en un costado y quien sangraba, yo de inmediato cerré la puerta y a los segundos siento que tocaban la puerta nuevamente pero de manera violenta y trataban de tumbarla..veo a un de los sujetos que trataba de arrancar la ventana de mi casa para entrar y quien reconocí que se trataba de un muchacho que vive en el mismo sector y quien responde al nombre de CLETO..Vi que este muchacho portaba un arma de fuego cromada...Asimismo me enteré que de ese mismo problema resultó muerto mi otro yerno de nombre LENIN NUÑEZ...”

En fecha 21 de Febrero de 2005, realizaron entrevista a la ciudadana GONZALEZCANACHE ESTHER, según consta a los folios Veintitrés (23) al Veinticuatro (24), quien entre otras cosas expuso: “Resulta que el día lunes 21-02-2005, aproximadamente a las 03:30 horas de la madrugada en momentos que me encontraba en mi casa junto con mi concubino de nombre PALACIOS CRUZ BERNAL...debido a que oímos varios tiros y gritos que se suscitaron cerca de nuestra casa, nos levantamos debido a que estaban tocando la puerta de mi casa..es cuando entra mi yerno DAVID, quien entró junto a mi sobrino ELIAS GREGORIO RAMIREZ, conocido como GOLLITO, quienes estaban asustados y veo que David estaba herido en un costado..Siento que nuevamente tocan la puerta violentamente y trataban de tumbarla..mi concubino me dice que uno de lo sujetos que trataba de entrar a la casa y quien partió la ventana panorámica se trataba de CLETO..ya que él lo vió cuando partía la ventana con su arma..”

En fecha 21 de Febrero de 2005, se realizó entrevista al ciudadano REALES MARTELO ROBERTO CARLOS, según consta a los folios Veinticinco(25) al Veintiséis(26), quien entre otras cosa expuso: “..Aproximadamente a las 12:30 horas de la media noche de pronto escuché una discusión y me levanté, me asomé hacia el pasillo veo a unos de los muchachos a quien conocí ese mismo día como el CHIGUITA, quien estaba discutiendo con otra persona aquien vi que tenía en sus manos un arma grande..”

En fecha 21 de febrero de 2005, se realizó entrevista del ciudadano VERGARA VAERGARA RICARDO ANTONIO, según consta a los folios Veintisiete(27) al Veintiocho(28), quien entre otras cosas expuso: “..de repente se formó una discusión entre un chamo con otros dos chamos, entonces el chamo que resultó muerto comenzó a discutir con el dueño de la casa..entre la discusión el señor el señor con la pistola le partió la cabeza, después el chamo le abrieron la puerta..al rato se escucharon unos tiros..”

En fecha 21 de Febrero de 2005, se realizó entrevista al ciudadano UTRIA ORTIZ DIOMEDES RAFAEL, quien entre otras cosas expuso: “como a las once de la noche llegó el papá de LIBIA..llegó un poco tomado, al ratico dijo que ya todo el mundo se fuera, entonces fue cuando el chamo le dijo que él no se iba, entonces ahí fue cuando él se molestó diciendo que no podían pasar sobre él, allí fue cuando le dio en la cabeza, no le se decir con que al chamo, el chamo empezó a botar sangre por la cabeza..al rato escuchamos los tiros y ellas venían llorando diciendo que habían matado al chamo..”

En fecha24 de Febrero de 2005, se realizó entrevista del ciudadano BALSEIRO JULIO , según se desprende del folio cuarenta y uno (41) al cuarenta y dos (42), quien entre otras cosas expuso: “ Resulta que el día lunes 21-02-2005, aproximadamente a las 12:20 horas de la noche, llegué a la casa de mi esposa HELDA ROSA GOMEZ, ..observé que habían varias muchachos, estaban mis hijos LUCIO ALEXANDER, JOSUE LORENZ, LIBIA MILENA, quienes estaban disfrutando tomándose una botella de canelita, mi hija me invitó para la cocina a comerme una parrilla…cuando estaba comiendo escuché una bulla y oigo una discusión de personas que venían por el pasillo hacia la cocina y quienes observé que discutían acaloradamente y reconociendo que se trataba de LENIN Y CHIGUITA..por lo que les pedí que respetaran ya que no quería problemas en mi casa..asimos veo a CHIGUITA, tenía un revolver en su mano y le dije nuevamente que respetara..veía muy alterado a CHIGUITA tenía la boca rota y decía que LENIN lohabía golpeado, asimismo CHIGUITA me entregó el revolver en mis manos y yo lo agarré y LENIN se molestó conmigo y se me fue para encima como para quitarme el arma y tuvimos un forcejeo y es cuando en la misma desesperación le dí con la punta del cañón en la cabeza , y éste comenzó a sangrar, asimismo le dije que se fuera de la casa y que me disculpara por haberle roto la cabeza, LENIN se fue con otros amigos y en eso entra a la cocina mi hijo CLETO Y LIBIA y me dijeron unas palabras de forma violenta como que ella había invitado a lENIN y yo lo había agredido..ellos me dijeron que les entregara el revolver de CHIGUITA, ya que era de ese muchacho, por lo que yo les dije que se lo entregaba yo mismo a ese muchacho en sus manos y él entro y yo se lo entregué en su mano y todos se fueron para la calle..luego como a la media hora escuché varios disparos que provenían de la parte de arriba de la calle..en eso LIBIA baja a la casa y me dice que CLETO Y CHIGUITA habían matado a LENIN y que estaban lanzando tiros como locos..A preguntas formuladas, contestó: TERCERA PREGUNTA: Diga Usted tiene conocimiento que personas le ocasionaron la muerte al ciudadano hoy occiso? Contestó: Sinceramente no se si fue mi hijo o Chiquita, ya que ambos me dice mi hija que dispararon…CUARTA PREGUNTA: Diga usted la identidad completa de su hijo LUCIO ALEXANDER BALSEIRO GOMEZ? CONTESTO: Se llama LUCIO ALEXANDER BALSEIRO GOMEZ..QUINTA PREGUNTA: diga usted, donde pueden ser ubicado SU HIJO ANTES DESCRITO y el sujeto antes mencionado como CHUIGUITA? CONTESTO: No lo se ya que andan huyendo…”

En fecha 21 de Febrero de 2005, se realizó entrevista a la ciudadana MARTELO NATHALY DEL CARMEN, según consta a los folios Cuarenta y Tres(43) al Cuarenta y Cuatro(44), quien entre otras cosas expuso: “..Comenzamos a compartir como a las 12:00 horas de la media noche llegó a la casa un señor aquien me presentó como su papá..yo en ese momento estaba bailando con CLETO y es cuando observo que LENIN lo agarró por un brazo para que saliera afuera del pasillo para que viera el problema que tenía CHIGUITA con los amigos de él o sea DAVID, Y GOLLITO.. y luego todos bajamos con LENIN, cuando estábamos llegando a la casa de DAVID, vimos que estaban en la calle CLETO, CHIGUITA Y ROBERTO, nosotros nos paramos y CLETO se acercó a LIBIA y le dio una cachetada, es cuando CHIGUITA le dice a LENIN vienes armado y CHIGUITA sacó una pistola negra, es cuando veo que DAVID al ver que CHIGUITA sacó la pistola salió corriendo y CHIGUITA le comienza a disparar, es cuando CLETO le dice a CHIGUITA, qué pasa Marico y le agarró la mano que sujetaba la pistola pero CHIGUITA seguía disparando hacia los demás muchachos que salieron corriendo y cuando veo que LENIN cae al piso yo corrí..Escucho que seguía disparando..A Preguntas Formuladas, Contestó: TERECERA PREGUNTA: Diga Usted, tiene conocimiento que personas le ocasionaron la muerte al ciudadano hoy occiso? Contestó: Sinceramente al único que yo vi disparando fue a CHIGUITA, quien le disparó a todos nosotros..”

En fecha 24 de febrero de 2005, se realiza entrevista del ciudadano ANTONIO MARIA NUÑEZ LEAL, quien entre otras cosas expuso: “ ...mi hijo LENIN ALEJANDRO NUÑEZ, llegó a la casa con un escándalo y al levantarme lo observé que estaba sangrando en la cabeza y me dijo que lo acompañara para la casa de LUCIO, que este señor había sido quien le había dado un cachazo con una pistola y además que había discutido con CLETO Y CHIGUITA quienes le dijeron que lo iban a tirotear..Cuando escuché varios disparos que provenían de la parte de abajo por lo que me preocupó y mi esposa al escuchar igualmente los disparos comenzó a gritar..Unos minutos un vecino de apellido RUIZ, llegó a la casa y me dijo que mi hijo estaba muerto en la calle y al bajar al lugar ya estaba la policía y el cuerpo de mi hijo estaba tirado en la calle..A preguntas formuladas contestó: TERCERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que personas le ocasionaron la muerte a su hijo hoy occiso? Contestó: por lo que me contó GOLLITO, que había sido CLETO el hijo de LUCIO y CHIGUITA…”

En fecha 24 de Febrero de 2005, se realizó entrevista al ciudadano EDUARDO BALSEIRO GOMEZ, quien entre otras cosas expuso: “..yo me acosté a dormir y no supe más nada hasta que escuché una bulla y como tiros..A preguntas formuladas contestó: CUARTA PREGUNTA: Diga usted tiene conocimiento quienes le ocasionaron la muerte y lesión a los ciudadanos antes mencionados? CONTESTÓ: No, lo desconozco, pero dice mi hermana LIBIA que fue nuestro hermano CLETO y el mismo CHIGUITA...”

En fecha 25 de febrero de 2005, se realizó entrevista a la ciudadana GONZALEZ DE NUÑEZ XIOMARA ESTHER, quien entre otras cosas expuso: “ A preguntas formuladas, contestó: CUARTA PREGUNTA: Diga usted, si tiene conocimiento de la identidad de los sujetos que le ocasionaron la muerte a su concubino hoy occiso? CONTESTO: Por lo que he escuchado y luego de hablar con LIBIA BALSEIRO, me informa que los culpables eran CLETO el hermano de ella y CHIGUITA, un amigo de CLETO..”

Cursa al folio Cincuenta y Dos (52), Acta de Defunción de quien en vida respondía al nombre de NUÑEZ BRAVO LENIN ALEJANDRO, expedida por la Registradora Civil Municipal del Municipio Paz Castillo.

Cursa al folio Cincuenta y Nueve(59) al Sesenta y Uno(61), entrevista del ciudadano HIDALGO GUANDA DAVID CONCEPCION, quien entre otras cosas expuso: “..todos reunidos, en eso se acerca a nosotros un sujeto conocido en el Barrio como CHIGUITA, quien me mira y me saca un revolver 38 plateado y comienza a preguntar que de donde venía yo y yo le respondí que vivía por ahí mismo..cuando LENIN se metió y le dice a CHIGUITA, que era lo que pasaba, que por que sacaba el armamento ya que nadie quería problemas..al rato veo que sale el papá de LIBIA , el señor LUCIO y se nos acercó a nosotros.. se dirigió unicamente a LENIN, pidiendole que se retirara de la casa..pero LENIN le respondió que él no se iba ya que a él lo había invitado LIBIA, LUCIO se molestó y es cuando sacó de su ropa un revolver parecido al que tenía CHIGUITA y con el mismo se le fue encima a LENIN y con la cacha del revolver le dio un cachazo en la cabeza y LENIN comenzó a sangrar en ese mismo momento llegó LIBIA quien se percata del hecho y comienza a discutir con su papá..y para que le entregara el arma, en eso entraron sus hijos CLETO y un muchacho que se llama ROBERTO, quienes forcejearon con el papá para quitarle el revolver..pero cuando ibamos bajando vemos que estaban en la calle CLETO, JOSEITO, CHIGUITA Y ROBERTO, quienes se veían molestos y CLETO quien tenía un revolver 38 negro en su mano llama a LENIN y le pide que le explique lo que había pasado siempre amagando con el arma, LENIN le explica lo ocurrido a CLETO pero este de manera sorpresiva le da una cachetada con la pistola a LENIN con la pistola en la mano, en eso se mete LIBIA y ROBERTO, el amigo de CLETO se mete y le reclaman pero CLETO le da una cachetada por la cara a LIBIA y discutió y forcejeó con ROBERTO, CLETO se puso más agresivo mientras que yo le dije que se calmara y éste me manoteaba la cara, CLETO se le va encima a LENIN y le suelta un disparo a LENIN, el cual vi claramente que se lo da en alguna parte del cuerpo, ya que LENIN cae al asfalto y se queja por lo que yo me metí y le dije a CLETO que no le diera más, que lo dejara tranquilo, ES CUANDO VEO A chiquita, ME APUNTA EN LA CABEZA DE INMEDIATO, YO ME LANZO AL ASFALTO y suena el disparo cerca de mí, cuando traté de levantarme y ponerme de pie es cuando CHIGUITA me vuelve a disparar y me da en el costado derecho y continúa disparándome a mansalva, mientras que yo corría y no supe más nada de LENIN ya que la última vez que lo vi él estaba sobre el asfalto quejándose del disparo que le había dado CLETO..A preguntas formuladas, contestó: TERCERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que personas le ocasionaron la muerte al ciudadano hoy occiso? Contestó: El primer disparo que recibe LENIN NUÑEZ, fue de CLETO, quien lo hizo caer en el asfalto, pero cuando CHIGUITA me comenzó a disparar yo corrí y allí se escucharon otros disparos que no se pasó allí. CUARTA PREGUNTA: Diga usted, la identidad completa de los ciudadanos mencionados como CLETO Y CHIGUITA? CONTESTO: CLETO, se llama LUCIO ALEXANDER BALSEIRO GOMEZ..Mientras que el otro lo conozco como CHIGUITA..”

En fecha 02 de Marzo de 2005, se realizó entrevista a la ciudadana PALACIOS GONZALEZ REINA JOSEFINA, quien entre otras cosas expuso: “ ..y a pocos metros más arriba observé que había un cuerpo tirado en plena carretera.. A Preguntas formuladas, contestó: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si tiene conocimiento de la identidad completa del ciudadano que resultó muerto para el momento de los hechos? Contestó: El se llamaba LENIN…TERCERA PREGUNTA: Diga Usted, tiene conocimiento que personas le ocasionaron la muerte al hoy occiso? Contestó: Por lo que he escuchado que fueron el Cleto, hijo del señor LUCIO BALSEIRO..y otro muchacho del Barrio apodado CHIGUITA..CUARTA PREGUNTA: Diga usted la identidad completa de los ciudadanos mencionados como CLETO Y CHIGUITA? CONTESTO: CLETO se llama LUCIO ALEXANDER BALSEIRO GOMEZ, el otro no se..”

En fecha 02 de Marzo de 2005, se recibió entrevista al ciudadano BALSEIRO GOMEZ JOSUE LORENST, quien entre otras cosas expuso: “ A Preguntas formuladas, contestó: TERCERA PREGUNTA: Diga usted, si tiene conocimiento que personas le ocasionaron la muerte al ciudadano hoy occiso? Contestó: Sinceramente no se si fue mi hermano CLETO o CHIGUITA su amigo, pero el único que vi armado era CHIGUITA..”

Cursa a los folios Sesenta y Ocho (68) al Setenta (70), el Protocolo de Autopsia de quien en vida respondía al nombre de NUÑEZ B. LENIN, suscrito por la Médico Anatomopatólogo Forense, Dra. ISELDA BRACHO, adscrita a la Medicatura Forense de Ocumare del Tuy, cuyas conclusiones fueron: CAUSA DE LA MUERTE: SHOCK HIPOVOLEMICO, HEMORRAGIA INTERNA SECUNDARIA A HERIDA POR ARMA DE FUEGO AL ABDOMEN.

En fecha 03 de Marzo de 2005, se realizó entrevista a la ciudadana PELAEZ OLIVEROS ANA RAMONA, quien entre otras cosas expuso: “ A preguntas formuladas, contestó: TERCERA PREGUNTA: Diga usted tiene conocimiento que personas le ocasionaron la muerte al ciudadano hoy occiso? Contestó: Desconozco, pero lo poco que he hablado con LIBIA, me cuenta que uno de sus hermanos está involucrado en la muerte de esa persona..”


Cursa al folio Setenta y Ocho (78) Examen Médico Legal del ciudadano HIDALGO GUANCHE DAVID CONCEPCION, suscrito por la Dra. Ana Acevedo, Médico Forense adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien apreció: El paciente ingresa con herida por arma de fuego con orificio de entrada en zona subxifoidea y salida en noveno espacio intercostal derecho. Traumatismo torazo abdominal penetrante. Fractura abierta III A de tercio proximal codo izquierdo.ESTADO GENERAL: BUENO. TIEMPO DE CURACION Y PRIVACION DE OCUPACIONES: DOS MESES, SALVO COMPLICACIONES Y APRTIR DE LA FECHA DEL SUCESO. ASISTENCIA MÉDICA: SI. TRASTORNO DE FUNCION Y CICATRICES: NUEVO RECONOCIMIENTO AL TÉRMINO DE ESE LAPSO. CARACTER: GRAVE.

Cursa al folio ochenta (80), boleta de citación de fecha 05-03-2005, a nombre del ciudadano BALSEIRO GOMEZ LUCIO ALEXANDER, la cual fue recibida por la ciudadana LIBIA MILENA BALSEIRO GOMEZ.

Cursa al folio Ochenta y Dos (82), Boleta de Citación a nombre del ciudadano BALSEIRO GOMEZ LUCIO ALEXANDER, de fecha 08-03-2005, recibida por la ciudadana BALSEIRO GOMEZ LIBIA MILENA.

Cursa a los folios ochenta y Seis (86) al Ochenta y Nueve (89), Montaje Fotográfico.


Cursa al folio Noventa y Siete (97) Boleta de Citación del ciudadano ROBERTO ZAPATA GONZALEZ, alias “El Chiquita”, recibida por la ciudadana ZULEIMA GONZALEZ.


De los anteriores elementos, se puede determinar, que efectivamente en fecha 21 de Febrero de 2005, se cometió un hecho punible, de acción pública, donde resultó fallecido el ciudadano que en vida respondía al nombre de LENIN ALEJANDRO NUÑEZ BRAVO, hechos estos que encuadran perfectamente en el tipo penal de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal, castigado con una pena de presidio de Doce a Dieciocho años, y el tipo penal previsto y sancionado en el articulo 407 en relación con el articulo 80 segundo aparte Ejusdem, en perjuicio del ciudadano HIDALGO GUANCHEZ DAVID CONCEPCION, cuya acción penal para perseguirlos no se encuentra evidentemente prescrita, además de concurrir fundados elementos de convicción para determinar que los ciudadanos BALCEIRO GOMEZ LUCIO ALEXANDER YROBERTO ZAPATA GONZALEZ, apodado el CHIGUITA, son los autores o participes de los hechos objeto de esta investigación. Existiendo igualmente peligro de Fuga y Obstaculización, en virtud de la pena que pudiera llegarse a imponer en razón de los delitos cometidos. En tal sentido, de las actuaciones que fueron acompañadas con la presente solicitud y transcritas por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, a lo largo de su escrito que antecede, y a juicio de quien aquí decide, surgen fundados elementos de convicción procesal para estimar que los ciudadanos BALCEIRO GOMEZ LUCIO ALEXANDER Y ROBERTO ZAPATA GONZALEZ( ALIAS EL CHIGUITA), son autores o participes de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 407,del Código Penal en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de LENIN ALEJANDRO NUÑEZ BRAVO, y articulo 407 en relación con el articulo 80 segundo aparte Ejusdem, en perjuicio del ciudadano HIDALGO GUANCHEZ DAVID CONCEPCION.


De lo transcrito anteriormente, resultan ser los argumentos esgrimidos por la Representación Fiscal, para solicitar Orden de Aprehensión en contra de los mencionados ciudadanos, al respecto este Tribunal observa, que el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone los requisitos para decretar medida judicial de privación preventiva de libertad, siempre que se acredite suficientemente los extremos a que se refieren los numerales 1°, 2° y 3° de dicho articulo( fumus delicti comissi y periculum in mora) . En el presente caso, y de la lectura de las actuaciones que conforman el presente legajo, se evidencia que se encuentra acreditada la comisión de un hecho punible, que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita y que existen fundados elementos de convicción para estimar que los ciudadanos BALCEIRO GOMEZ LUCIO ALEXANDER Y ROBERTO ZAPATA GONZALEZ, ( APODADO EL CHIGUITA ), han sido los autores o participes en la comisión del hecho atribuido por la Representación Fiscal.


Por otra parte, existe una presunción razonable de peligro de fuga, debido a que la pena que podría llegar a imponerse, ya que los mencionados ciudadanos, se les imputa la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el articulo 407 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de LENIN ALEJANDRO NUÑEZ BRAVO, y HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 407 en relación con el articulo 80 segundo aparte Ejusdem, en perjuicio del ciudadano HIDALGO GUANCHEZ DAVID CONCEPCION. Si bien es cierto, que el juez para decidir acerca del peligro de fuga, tendrá en cuenta una serie de circunstancias, entre ellas “La pena que podría llegarse a imponer en el caso. La magnitud del daño causado”, todo ello de conformidad a lo establecido en el articulo 251 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, premisas estas que debe presumirse en los casos establecidos en el parágrafo Primero del mismo articulo.

Ante el escrito que antecede contentivo del pedimento de orden de aprehensión, y del análisis sistemático realizado por este Tribunal, se evidencia, que tales requerimientos se encuentran evidentemente fundados, y una relación de las circunstancias de hecho que indican o señalan a los ciudadanos BALCEIRO GOMEZ LUCIO ALEXANDER Y ROBERTO ZAPATA GONZALEZ ( APODADO EL CHIGUITA ), como autores o participes en el hecho investigado, reuniendo de esta manera los requisitos exigidos para decretar La medida judicial de privación preventiva de libertad, existiendo actuaciones practicadas por el Órgano Policial que nos permiten estimar la existencia de fundados elementos de convicción que comprometen a estos ciudadanos en la comisión de una acción típica.


Como consecuencia de lo anterior y verificada como ha sido la concurrencia de los extremos exigidos en los numerales 1°, 2° y 3° del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, previa lectura de las actuaciones contentivas en el presente legajo y consignadas por la Representación Fiscal a los efectos de sustentar su pretensión, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el precitado articulo 250 en su segundo aparte eiusdem, ADMITE dicha solicitud de orden de aprehensión en contra de los ciudadanos BALCEIRO GOMEZ LUCIO ALEXANDER Y ROBERTO ZAPATA GONZALEZ( APODADO EL CHIGUITA), por considerarla necesaria y urgente, en virtud de lo cual ACUERDA librar la respectiva orden. Hágase la salvedad que los imputados deberán ser conducidos ante el Órgano Jurisdiccional dentro de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a su aprehensión y que en caso de que este Tribunal no se encuentre laborando dentro de ese término, que los mismos sean puestos a la orden de alguno de los juzgados en función de control del Tribunal de Primera Instancia que se encuentre de guardia para dicho momento.


DECISION


En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: ADMITE la solicitud interpuesta por el DR. SAMUEL FERREIRA PAEZ, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Décimo Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en consecuencia se DECRETA ORDEN DE APREHENSION en contra de los ciudadanos: BALCEIRO GOMEZ LUCIO ALEXANDER, quien es de nacionalidad venezolana, de 21 años de edad, de estado civil soltero, con fecha de nacimiento 06-08-1983, Titular de la Cédula de identidad N° V-16.705.921; y ROBERTO ZAPATA GONZALEZ, ( ALIAS EL CHIGUITA ), quien es de nacionalidad venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 11-07-1986, Indocumentado. Haciéndose la salvedad que los referidos ciudadanos deberán ser conducidos ante el Órgano Jurisdiccional dentro de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a su aprehensión y que en caso de que este Tribunal no se encuentre laborando dentro de ese término, que los mismos sean puestos a la orden de alguno de los juzgados en función de control del Tribunal de Primera Instancia que se encuentre de guardia para dicho momento. Librese la correspondiente comunicación oficial al jefe de la Dirección de Aprehensiones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Provéase lo conducente y Cúmplase.

Regístrese, diaricese, notifíquese.

LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

Dra. NELIDA ACOSTA DE RINCON

LA SECRETARIA

ABG. YOLEXSI URBINA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.

LA SECRETARIA

ABG. YOLEXSI URBINA