REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY


ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2005-001694

ACTA AUDIENCIA DE FLAGRANCIA

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL: DRA. NELIDA ACOSTA
FISCAL 7° DEL M.P. : DR. JOSE MENESES
SECRETARIO: ABG. YAMILET GONZALEZ
IMPUTADO : Jose Vicente Portillo Peña
DEFENSOR : YANETH SANTANA

En el día 30 de mayo de 2005, siendo la 2:30 horas de la tarde, hora y fecha fijada para dar inicio a la Audiencia Oral Para Oír al Imputado solicitada por el ciudadano Fiscal 7° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Abg. JOSE MENESSES. De seguidas el Ciudadana Juez dio inicio al acto, quien solicito a la secretaria que verificara la presencia de las partes, informándole la misma que se encuentran presentes la Fiscal del Ministerio Público, la Dr. JOSE MENESSES, el imputado el ciudadano JOSE VICENTE PORTILLO PEÑA debidamente asistido por la Defensora Pública la Dra. YANETH SANTANA. Verificada la presencia de las partes la ciudadana juez declaró abierto el acto y procedió a informar el objeto de la presente audiencia, Acto seguido se le concede la palabra al ciudadana Fiscal quien hizo una exposición breve de los fundamentos de su solicitud, manifestando: precalifico los hechos como Aprovechamiento de Vehículo Proveniente de Robo , previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre El Robo y Hurto de Vehículo Automotor en contra del ciudadano JOSE VICENTE PORTILLO PEÑA, Asimismo solicitó el Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y solicito las Medidas Cautelares de Libertad de conformidad con el artículo 256 ordinales. 3° y 8° del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, Es todo”. .Siendo así la ciudadana Juez le impuso el precepto constitucional al ciudadano imputado así como de las alternativas a la prosecución del proceso y éste se identificó como: JOSE VICENTE PORTILLO PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 15.473.237, estado civil: soltero, fecha de nacimiento 15-07-1974, de 30 años de edad, de oficio: Indefinida, residenciado en: El Paraíso del Tuy, Sector El Topito, Calle Roma, Parcela sin número, Santa Teresa del Tuy, Estado. Miranda, de padres: Juan Portillo (v) Dolores Peña (f), quien manifestó lo siguiente: Yo tengo mas de cuatro meses con el permiso para chatarra los funcionarios llegan a mi casa a pedirme dinero para no meterme en problemas, yo trabajo con piezas de carro todos tienen sus documentos, no le debo nada a la justicia, ellos no estaban haciendo el procedimiento al lado de mi casa en los mamones, yo no se nada de eso, sino de mi. chatarra, en mi casa no hay motores, solo laminas de zinc, no tengo antecedentes policiales. Es todo. Posteriormente se le concedió la palabra la ciudadana Defensora Dra. YANETH SANTANA, quien solicitó: Me opongo al ordinal 8° del artículo 256 del Código Orgánico procesal penal solicitado por la Representación Fiscal. Solicito Se decrete el Procedimiento Ordinario, asimismo se decrete las Medida Cautelar de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico procesal penal , Es todo. Oídas como han sido las partes este Tribunal Segundo de Control y cumplidas las formalidades de ley este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley: Primero: Se acuerda la solicitud del fiscal del Ministerio público y de la defensa de proseguir la investigación por el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal último aparte en virtud de que se requiere la practica de otras diligencia en la investigación. Segundo: Se decreta Medida Cautelar de conformidad con el artículo 256 ordinal 3°, 4° como lo es la presentación cada quince (15) días ante la oficina del alguacilazgo hasta que la Fiscalia presente el Acto Conclusivo a que haya lugar, asimismo prohibición de salir de la Jurisdicción sin previa autorización del Tribunal. Se acuerda librar Excarcelación a nombre del imputado de autos. ISMAEL MARTIN DUQUEEs todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Segundo de Control

DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON



La Fiscal 7° del Ministerio Público

DR. JOSE MENESSES

La Defensa Pública

DRA. YANETH SANTANA

El Imputado

JOSE VICENTE PORTILLO PEÑA


El Secretario

ABG. YAMILET GONZALEZ