REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Ocumare del Tuy, 24 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : MJ21-S-2002-000414
Vistas las solicitudes de fecha 10 y 20 de mayo del 2005, respectivamente, realizados por el Dr. Hugo Benedicto Bolívar Bolívar, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 2.956.640, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.097, en su carácter de defensor de los ciudadanos: ZOILO JOSE SEIJAS GONZALEZ, JUAN ALFONSO NOGUERA GARCIA Y VICENTE GONZALEZ, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. 6.352.688, 4.250.634 y 4855.757, respectivamente, por cuanto al folio 138 y 139 del presente asunto riela oficio N° F-7-6991-03 de fecha 24/11/2003, librado por la Fiscalia Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Miranda, relacionada con la entrega del vehículo MARCA FORD, MODELO SPORT WAGON, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT WAGON, COLOR BLANCO DOS TONOS, AÑO 1998, PLACAS MAU-07R, SERIAL DE CARROCERIA AJU3WP19024, SERIAL DEL MOTOR WA19024, USO PARTICULAR, el cual se encuentra en la depositaria Judicial “El porvenir” ubicado en la calle principal del rosario de soapire, Municipio Paz Castillo a disposición de esa Fiscalia, cuya solicitud fue declarada Improcedente en virtud de que en fecha 07 de junio del 2002, fue solicitado por esa representación Fiscal “El Sobreseimiento” de la causa y al vehículo en cuestión no se le ha practicado experticia; es por lo que este Tribunal a los fines de pronunciarse con relación a tal solicitud hecha en la forma descrita, ordena realizar experticia a dicho vehículo por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional, Destacamento 57, ubicado en Ocumare del Tuy, a cuya dependencia, se ordena librar oficio. Asimismo se ordena librar oficio al servicio de información policial (SIPOL) para que informe sobre los posibles registros o solicitudes que presenta dicho vehículo por ante ese despacho, una vez que conste en autos la información y resultas de la actuación ordenada en la forma up supra señalada, este Tribunal se pronunciará con relación a la presente solicitud, quedando a salvo que este Tribunal considere necesario dictar dicho pronunciamiento en la audiencia a la cual se contrae el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal ,con relación a lo dispuestos en los artículos 311 y siguientes del ejusdem, con relación a su vez al 607 del Código Procedimiento Civil en lo que sea aplicable. Librense oficios. Notifíquese.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
DRA. FLOR ELIZABETH COLMENARES
EL SECRETARIO,
ABG. JOSE MORENO
EN ESTA MISMA FECHA SE LE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO.
EL SECRETARIO,
ABG. JOSE MORENO
FEC/magy