REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, once de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : MP21-P-2003-001939


Juez: Dra. REYNA DAYOUB ELIAS
Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público: Dra. MARY TORO DEL ROSARIO.
Defensora: EVEHELISSE HARTING.
Acusado: JUAN MANUEL BERNAL FERNANDEZ.
Secretaria: OGLA BOTTO.
Delito: ABUSO SEXUAL A NIÑO.

Vista la solicitud interpuesta por la defensora pública del acusado y en virtud de la facultad que otorga el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 264, este Juzgado pasa a realizar el examen y revisión de la medida cautelar privativa de libertad que pesa sobre el acusado ampliamente identificado en autos:

En fecha 26 de diciembre de 2003, el Juzgado Segundo en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, Extensión y Sede, en la correspondiente Audiencia de presentación, acuerda en su Pronunciamiento, la privación preventiva judicial de libertad del ciudadano JUAN MANUEL BERNAL FERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en ele artículo 377 parte infine del Código Penal vigente para el momento de los hechos.


En fecha 09 de febrero de 2004, el Representante del Ministerio Público, consigno el escrito acusatorio por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, previsto y sancionado en el artículo 259 en su primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 217 ejusdem.

En fecha 01 de abril de 2005, tuvo lugar ante el Tribunal de Control correspondiente el Acto de la Audiencia Preliminar, en este mismo acto se ordeno la apertura del Juicio Oral y Público en contra del acusado JUAN MANUEL BERNAL FERNANDEZ y ratificada su detención preventiva de libertad.

En fecha 05 de MAYO de 2005, se reciben las presentes actuaciones por ante este Tribunal, previa distribución, e inmediatamente se fijo para el día 18 de mayo de 2005 a las 9:00 de la mañana, el acto del sorteo ordinario para la escogencia de los escabinos.


Ahora bien, este Juzgado en aras de preservar una sana Administración de justicia, respetando la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el debido proceso, los tratos y acuerdos internacionales; así como también lo preceptuando en el Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir:
En virtud de que el acusado de autos se encuentra privado de su libertad, por orden del Tribunal de Control respectivo, desde el mes de septiembre de 2004, y no habiendo variado las circunstancias que motivaron su privación, este Juzgado DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la defensora pública del acusado de autos, en la cual pide la sustitución de la medida de privación preventiva de libertad, por una menos gravosa, con fundamento en los artículos 244, 250, 251, 252 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.



DISPOSITIVA


Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: UNICO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la defensora pública del acusado JUAN MANUEL BERNAL FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N ° V- 16.056.950, DRA. EVEHELISSE HARTING con fundamento en lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal, en los artículos 244, 250, 251, 252 y 264.

Notifíquese a las partes de la presente decisión, librase las respectivas boletas de notificación, regístrese, publíquese y déjese copia, cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO


DRA. REYNA DAYOUB ELIAS


LA SECRETARIA


ABG. OGLA BOTTO


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.


LA SECRETARIA


ABG. OGLA BOTTO
RDE/OB.-