REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, tres de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : MP21-P-2003-000915
Vista la solicitud realizada ante este Tribunal en fecha 15-04-05, por la Dra. Janeth Santana en su condición de Defensora Pública del acusado NELSON RAFAEL ASCANIO LOPEZ, pedimento éste que planteó en la oportunidad de la celebración del acto de Constitución de Tribunal Mixto, mediante el cual pide que las presentaciones impuestas a su defendido sean extendidas, ya que actualmente se presenta cada ocho (8) dias.
Para resolver lo solicitado, este Tribunal previamente observa:
Que en fecha 02 de abril del pasado año 2004, este Tribunal emitió Boleta de Excarcelación del acusado de autos, por haber dado cumplimiento al ordinal 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, fecha a partir de la cual se ha venido presentado, conforme al ordinal 3° del mismo artículo, por lapsos de ocho dias.
Ahora bien, observa el Tribunal que el acusado ha cumplido con el objeto mismo de la imposición de la medida cautelar, como es, la garantía de su comparecencia y sujeción a los actos fijados por el Tribunal, en consecuencia, y en conformidad con lo estipulado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA modificar la Medida que el fuera impuesta en cuanto a los lapsos de presentación, y le impone la obligación de presentarse ante las Oficinas de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial cada treinta (30) dias, de conformidad con lo previsto en el ordinal 3°, del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo ello con fundamento en la norma contenida en el artículo 264 del referido texto legal. NOTIFICQUESE.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO,
ADALGIZA T. MARCANO HERNANDEZ
La Secretaria,
Seguidamente se dio cumplimiento a lo aquí ordenado.
La Secretaria,