REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Con sede en Guarenas
Años 195° y 146°
En horas de Despacho del día de hoy, dieciséis (16) de noviembre de dos mil cinco (2005), siendo las 9:30 a.m.; día y hora fijado para que tenga lugar la PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente procedimiento de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Beneficios Laborales, que incoara el ciudadano OSCAR EDUARDO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº5.529.999, parte demandante, en contra del ciudadano HOMERO TERAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº630.766. parte demandada (persona natural) Se deja constancia que ninguna de las partes comparecieron ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, siendo que el interés procesal lo tiene el demandante es por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Es todo. Terminó siendo las 9:55 a.m., se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
Dra. CARMEN VIOLETA CEDRÉ TORRES.-
LA SECRETARIA
Abg. FABIOLA GÓMEZ.-
Expediente N° 719-05.
CVCT/FG.
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