REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 01 de noviembre de dos mil cinco.
195º y 146º
Conforme a lo ordenado en el auto de admisión de la demanda, y con vista a la diligencia suscrita en fecha 25-10-2005, por la abogada: NOEMÍ NAVARRO, parte actora y quien actúa en su propio nombre y en beneficios de sus derechos, la cual cursa en el cuaderno de medidas en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesto en contra del ciudadano: LUIS ALEJANDRO PICORIELO RUMINESIK. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 585, 588 ordinal 3º del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal decreta MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente bien inmueble: Un apartamento que forma parte del edificio TOCORON (Edificio “A”), ubicado en la parcela V-13-15 de la Segunda Etapa del CONJUNTO PARQUE RESIDENCIAL SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, entre el Kilómetro 15 y 16 de la Carretera Panamericana, que conduce a Los Teques, en el lugar denominado Altos de Las Minas, en Jurisdicción del antes Municipio Autónomo Carrizal (hoy Municipio Los Salias) del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones del mencionado conjunto están perfectamente determinados en el documento de condominio general de los edificios que conforman la parcela V-13-15, protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito (hoy Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 17 de abril de 1.985, bajo el Nº46 , Tomo 04, Protocolo 1ero.; el apartamento está distinguido con el número y letra CATORCE RAYA (Nº14- C) de la Planta Tipo Décima Cuarta (14ª) del Edificio y tiene un área aproximada de NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTÍMETROS CUADRADOS (93,56 Mts.2); le corresponde un puesto de estacionamiento, ubicado en la planta baja del edificio, identificado con el Nº331. Dicho apartamento está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: fachada norte del edificio. SUR: espacio exterior que separa los dos (2) cuerpos que forman el edificio y zona de circulación interior. ESTE: fachada este del edificio. OESTE: pared medianera




que lo separa del apartamento 14-D. Le corresponde un porcentaje sobre los derechos y obligaciones derivadas del condominio particular del Edificio Tocoron de (1,4924%). Dicho inmueble pertenece al hoy demandado ciudadano: LUIS ALEJANDRO PICORIELLO RUMINESIK, titular de la cédula de identidad Nº6.264.518, según documento debidamente inscrito ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha 20 de mayo de 2005, el cual quedó anotado bajo el N º38, Tomo 6, Protocolo Primero.- OFICIESE LO CONDUCENTE AL REGISTRADOR CORRESPONDIENTE
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA TITULAR

ABG. OMAIRA D. DE SOLARES

NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA TITULAR
MJFT/rosa*
Exp.Nº15550















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 01 de noviembre de 2005
195º y 146º
Nº_________
CIUDADANO:
REGISTRADOR SUBALTERNO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DEL ESTADO MIRANDA
SU DESPACHO
Me dirijo a usted, a fin de hacer de su conocimiento, que cursa por ante este Tribunal demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesta por la ciudadana: NOEMÍ DEL CARMEN NAVARRO VILLARROEL, contra el ciudadano: LUIS ALEJANDRO PICORIELLO RUMINESIK, el cual se sustancia en el expediente signado con el Nº15550 (nomenclatura de ese Juzgado) y en virtud de ello, éste Tribunal a solicitud de la parte actora, y de conformidad con lo pautado en los artículos 585 y 588 en su ordinal 3º del Código de Procedimiento Civil, decretó MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente bien inmueble: Un apartamento que forma parte del edificio TOCORON (Edificio “A”), ubicado en la parcela V-13-15 de la Segunda Etapa del CONJUNTO PARQUE RESIDENCIAL SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, entre el Kilómetro 15 y 16 de la Carretera Panamericana, que conduce a Los Teques, en el lugar denominado Altos de Las Minas, en Jurisdicción del antes Municipio Autónomo Carrizal (hoy Municipio Los Salias) del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones del mencionado conjunto están perfectamente determinados en el documento de condominio general de los edificios que conforman la parcela V-13-15, protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito (hoy Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 17 de abril de 1.985, bajo el Nº46 , Tomo 04, Protocolo 1ero.; el apartamento está distinguido con el




número y letra CATORCE RAYA (Nº14- C) de la Planta Tipo Décima Cuarta (14ª) del Edificio y tiene un área aproximada de NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTÍMETROS CUADRADOS (93,56 Mts.2); le corresponde un puesto de estacionamiento, ubicado en la planta baja del edificio, identificado con el Nº331. Dicho apartamento está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: fachada norte del edificio. SUR: espacio exterior que separa los dos (2) cuerpos que forman el edificio y zona de circulación interior. ESTE: fachada este del edificio. OESTE: pared medianera que lo separa del apartamento 14-D. Le corresponde un porcentaje sobre los derechos y obligaciones derivadas del condominio particular del Edificio Tocoron de (1,4924%). Dicho inmueble pertenece al hoy demandado ciudadano: LUIS ALEJANDRO PICORIELLO RUMINESIK, titular de la cédula de identidad Nº6.264.518, según documento debidamente inscrito ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha 20 de mayo de 2005, el cual quedó anotado bajo el N º38, Tomo 6, Protocolo Primero.
Participación que se le hace a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en los libros respectivos.

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO”

MJFT/rosa*
Exp.Nº15550
Tlfs. De contacto 3224316 y 3640687