REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 07 de noviembre de dos mil cinco.

195º y 146º

Visto el escrito de fecha 06-07-2005, presentado por el abogado NARCISO RAFAEL LARA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contentivo de las pruebas, promovidas en el presente juicio, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes se admiten todas cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación o no en la definitiva. Vistos igualmente los escritos de fecha 02 del corriente mes y año, contentivo de las pruebas promovidas por la representación judicial de los demandados; admite sólo las contenidas en el CAPITULO II de dichos escritos. En cuanto a la contenida en el CAPITULO III de dichos escritos, referente a la EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS, éste Tribunal NIEGA la admisión de dicha prueba, toda vez, que el promovente no acompañó copias de los documentos a exhibir, tal como lo dispone el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.

LA SECRETARIA TITULAR

ABG. OMAIRA D. DE SOLARES
MJFT/rosa*
Exp.Nº15044