REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
PARTE DEMANDANTE: Administradora CORPOCASA, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, bajo el Nº 34 del Tomo 2-A Tro. de fecha 12-11-1996.
APODERADO JUDICIAL:
PARTE DEMANDADA:
ELIO RAUL PINTO ZAMORA, RAMON ENRIQUE GRATEROL e INMACULADA MATAMOROS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 50.125, 320423 y 98.958, respectivamente..
IRIAN JOSEFINA ZERPA ABREU, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 3.815.093.
APODERADO JUDICIAL: No tiene apoderado judicial constituido.
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES
EXPEDIENTE Nº E-2003-116
SENTENCIA DEFINITIVA
Se inició la presente demanda ante este Órgano Jurisdiccional por libelo de demanda presentado en fecha 16 de octubre de 2003, por el abogado ELIO RAUL PINTO ZAMORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.125, en su carácter de apoderado judicial de la Administradora CORPOCASA, S.A., por COBRO DE BOLÍVARES.
En fecha 23 de octubre de 2003, se admitió la demanda y se ordenó la citación de la parte demandada, en la persona de IRIAN JOSEFINA ZERPA ABREU, para que compareciera dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a su citación a dar contestación a la demanda, se abrió cuaderno de medidas
En fecha 14 de noviembre de 2003 la Juez titular de este Tribunal, se avocó al conocimiento de la causa.
En fecha 26 de noviembre de 2003, comparece la alguacil y estampó informes dejando constancia de no haber logrado la citación de la demandada y consignó la respectiva compulsa.
En fecha 1º de diciembre de 2003, compareció la Abogado RAUL PINTO ZAMORA y estampó diligencia solicitando la citación por carteles.
En fecha 4 de diciembre de 2003, el Tribunal dictó auto mediante el cual ordenó librar cartel de citación de conformidad con lo previsto en el 223 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 22 de diciembre de 2003 compareció la Abogado RAUL PINTO ZAMORA, y sustituyo poder en los abogados RAMON ENRIQUE GRATEROL e INMACULADA MATAMOROS.
En fecha 2 de septiembre de 2004, el abogado RAMON ENRIQUE GRATEROL, compareció y retiró los carteles de citación cartelaria.
De la revisión efectuada a las actas que conforman el presente expediente, esta juzgadora observa que la última actuación se efectuó en fecha 2 de septiembre de 2004, fecha mediante la cual el abogado RAMON ENRIQUE GRATEROL, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, retiro los carteles de citación para su publicación, de lo que se evidencia que la parte actora no continuó impulsando el proceso correspondiente.
Ahora bien, visto que desde la fecha señalada hasta la presente ha transcurrido más de un año sin haberse efectuado actividad procesal alguna por parte de los litigantes, resulta forzoso concluir que tal conducta se enmarca dentro del contexto del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que norma: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...”
Por tanto, al no existir impulso de los contendores dirigido a movilizar y mantener en curso el proceso, evitando con ello su eventual paralización durante un lapso mayor de un año, conforme lo dispone la citada norma, en concordancia con el dispositivo contenido en el artículo 269 ejusdem que estipula que la perención se verifica de pleno derecho y tiene carácter irrenunciable, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la perención de la instancia y así se decide
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Los Salias de la Circunscripción judicial del Estado Miranda, a los siete (07) días del mes de noviembre de 2005. AÑOS 195° y 146°.
LA JUEZ TITULAR
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA ACC.
SANDRA MARCANO
En esta misma fecha se publicó y Registró la anterior sentencia siendo las 9:30 a. m.
LA SECRETARIA ACC.
LCH/smm
Expediente Nº E-2003-116
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