REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO, CARRIZAL Y LOS SALIAS
En el día de hoy, veintidós de noviembre de dos mil cinco (22.11.2005), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Despacho Ejecutor de Medidas de Los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda se trasladó y constituyó a petición del accionante FELIX ALEXIS CORRALES QUINTANA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 10.277.070 asistido para dicho acto por la abogada ANA MARIA BRAVO DE RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 66.636, en una oficina de la empresa CONSTRUCTORA TEYMA C.A., situado en la Av. Bicentenario, sector El Tambor, Estación del Metro de Los Teques, Los Teques, Estado Miranda para dar cumplimiento al AMPARO CONSTITUCIONAL decretado por el Juzgado de Superior Tercero en lo Civil, Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, de fecha 19.09.2005, con ocasión de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano FELIX ALEXIS CORRALES QUINTANA contra la empresa CONTRUCTORA TEYMA C.A., mediante la cual se ordenó el reenganche y pago de los salarios caidos del referido ciudadano, contenido en la providencia administrativa N° 219-2003 de fecha 23.10.2003. Una vez en el sitio el tribunal fue atendido por la ciudadana SAEZ BENITEZ MARIA DE LOS ANGELES, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 12.160.263, a quien el Tribunal impuso de la misión, y en su carácter de empleada de Administración informando que se comunicaría con el Director Administrativo de la empresa accionada DAVID ABILLEIRA, para requerir de su presencia e informarle de la comisión. A tales efectos, el Tribunal Ejecutor leyó el contenido de la comisión, así como se le comunicó de las sanciones al incumplimiento del mandamiento de Amparo previsto en la Ley Orgánica de Amparos Sobre Derechos y garantías Constitucionales, permitiéndose la reproducción fotostática del contenido de la presente comisión, así como de la presente acta. En este estado la parte accionante expone: “Solicito a este Tribunal Ejecutor de medidas que una vez cumplida la presente comisión sea remitida a su Tribunal de origen junto a sus resultas. Es todo”. En este estado y siendo las once y quince de la mañana (11:15 a.m.), el Tribunal ordena el regreso a su sede. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
LA NOTIFICADA,
SONIA DE LUCA R.
LA PARTE ACCIONANTE
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES
SU ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA TEMP.,
Abg. IRENE ACHAN V.
COMISIÓN 1930-05