REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES

San Cristóbal, 23 de noviembre de 2005

195° y 146°

Observa esta Corte de Apelaciones que el día 21 de noviembre de 2005, se recibieron actuaciones procedentes de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, contentivas de la acción de amparo interpuesta por el abogado Fernando José Roa Ramírez, en representación del ciudadano LEDYOMAR PASTRAN NAVAS, se les dió entrada y se designó ponente a la Juez Temporal Carmen Deisy Castro Infante.

Ahora bien, revisado el escrito contentivo de la presente acción de amparo, se observa que la misma presenta ciertas omisiones en cuanto a los requisitos exigidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, específicamente en relación a los datos de identificación, residencia, lugar y domicilio del agraviante. Asimismo, considera esta Sala que la solicitud de amparo es oscura e imprecisa en las denuncias contenidas en ella, pues no existe un señalamiento expreso del derecho o de la garantía constitucionales violados, por lo que esta Corte de Apelaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, acuerda notificar al solicitante, abogado Fernando José Roa Ramírez, para que dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la correspondiente notificación, corrija las omisiones; y de esta manera proceder a la admisión o no de la solicitud formulada, si no lo hiciere, la acción de amparo será declarada inadmisible.

Los Jueces de la Corte,



Jafeth Vicente Pons Briñez
Presidente






Carmen Deisy Castro Infante Jairo Orozco Correa
Ponente Juez










Jerson Quiroz Ramírez
Secretario



En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado.

Jerson Quiroz Ramírez
Secretario

Exp.N°1-Amp.103-2005/Neyda.-