REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 23 de noviembre de 2005.
195º y 146º


Recibido por Distribución, constante de dos (2) folios útiles y el escrito y los recaudos constantes de diecinueve (19) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, presentada por el ciudadano ORLANDO ASUNCIÓN PINEDA ROBLES, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.338.444, asistido por la abogada MARY ELENA MONTES ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 111.278. Visto el justificativo que antecede contentivo de las declaraciones de los ciudadanos CELSO ANTONIO GARCIA OLMOS Y YURVIS CHACÓN CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-17.491.127 y V-14.446.473, respectivamente, visto igualmente el documento de propiedad protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira, de fecha 19 de septiembre de 2001, anotado bajo el No. 30, Tomo 20, Folios 126 al 130, Protocolo primero, tercer Trimestre. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle al ciudadano ORLANDO ASUNCIÓN PINEDA ROBLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.446.473, sus derechos de propiedad y posesión sobre las mejoras de un inmueble ubicado en el Tórbes, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son NORTE: Con la entrada y salida a la vía principal en la medida de 5 metros, SUR: Con terreo propiedad de Isaias Moreno Portilla, mide 7,9 metros, ESTE: Con propiedad de Clodoveo Urbina, mide 12 metros y OESTE: Con terreno propiedad de Isaias Moreno Portilla, mide 12 metros. Las especificaciones generales de dicho inmueble son las siguientes: Planta Baja: estacionamiento y depósito. PLANTA ALTA: Escalera, sala-estar, tres (3) habitaciones, àrea de oficios, un (1) baño, cocina y balcón. PLANTA SEMI-SOTANO: consta de escalera, sala estar, una (1) habitación, construida toda con paredes de ladrillo, techo de acerolit y pisos de concreto, todo edificado en un àrea de cinvo metros de frente, doce metros (12 m) de largo y siete metros con noventa centímetros (7,90 m) de fondo; ubicado en la carrera 2, sector la Capilla, signado con numeración catastral No. 2-42, el Torbes, Municipio Cárdenas del Estado Táchira. Las mejoras realizadas tienen un valor aproximado segùn lo manifiesta el solicitante de VEINTE MILLONES DE BOLÌVARES (Bs. 20.000.000,oo). Conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, queda a salvo los derechos a terceros. Devuélvase originales a la parte solicitante y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.


Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal
Jocelynn Granados
La Secretaria

JMCZ/ebs-
En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Exp. 5087