En horas de despacho del día de hoy, Tres (03) de Noviembre de dos mil Cinco, siendo las Diez de la mañana, oportunidad fijada para el ACTO CONCILIATORIO por solicitud de Aumento de Pensión Alimentaría, comparecen por ante este despacho, los ciudadanos: BETTY ESPERANZA MONCADA DELGADO y WILLIAM MANZANILLA CAÑIZALEZ, con el carácter de autos; en este estado cedida como le fue el derecho de palabra al ciudadano: WILLIAM MANZANILLA CAÑIZALEZ, titular de la cédula de Identidad N° V- 5.756.631, expone: “Ofrezco en incrementar la Pensión Alimentaría a la Cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) mensuales, a partir del presente mes de Noviembre, igualmente en incrementar las cuotas adicionales de gastos escolares para el mes de Septiembre, a la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo); y de gastos Navideños a la cantidad de: DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo) para el mes de Diciembre, y en caso de poder a la misma cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo), así como en cubrir en un Cincuenta por Ciento (50%) los gastos médicos. Igualmente consigno en este acto en doce (12) folios depósitos bancarios correspondientes a consignación de pensiones anteriores, y solicito copia certificada del presente convenio, es todo”. Cedida como le fue la palabra a la ciudadana: BETTY ESPERANZA MONCADA DELGADO, expone: “Acepto el Ofrecimiento hecho por el padre de mis hijos”. El Tribunal deja constancia y acuerda agregar en autos los depósitos consignados y expedir copia certificada solicitada; y visto lo expuesto por las partes, DE ACUERDO CON EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, LE IMPARTE A LA CONCILIACION SUSCRITA ENTRE LAS PARTES SU HOMOLOGACION CORRESPONDIENTE, POR LO CUAL SE TENDRA CON FUERZA EJECUTORIA. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. La Juez Temporal. (Firmado). Abg. JULIETH T. NAVARRO T. (Lugar del Sello). Los Comparecientes. (Firmado). Firmas legible e ilegible La Secretaria. (Firmado). Abg. MARISOL MALDONADO. En la misma fecha se deja copia certifica para el archivo del tribunal.- LA SECRETARIA. (Firmado). Abg. MARISOL MALDONADO”.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-
QUIEN SUSCRIBE, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, CERTIFICA: QUE LA ANTERIOR COPIA ES TRASLADO FIEL Y EXACTO DE SU ORIGINAL, COPIADA TEXTUALMENTE Y A UN MISMO TENOR DEL CONVENIMIENTO CELEBRADO ENTRE LAS PARTES EN ESTA MISMA FECHA EN EXPEDIENTE DE PENSION ALIMENTARIA N° 2.618/2004.- TARIBA TRES (03) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CINCO.(2005).-
LA SECRETARIA,

ABG: MARISOL MALDONADO.-
P/Q.-