REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 04 de Noviembre de 2005
195° y 146°

ACTUACION 1C-42652/05

JUEZA: DRA. JUDITH NIETO DE OCHOA, Juez Primera de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Los Teques.-

SECRETARIA: ABG. ANGÉLICA MARÍA VELASQUEZ, Secretaria adscrita al Pool de secretarios del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Los Teques.-

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

IMPUTADO: AGUIAR GUSTAVO ADOLFO, titular de la cédula de identidad N° V- 16.084.470.-

DEFENSA PÚBLICA PENAL: DRA. SOR ESTHER BAZAN, Defensora Pública Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.-


Visto el escrito presentado por la DRA. SOR ESTHER BAZAN, en su carácter de Defensora Pública Penal del ciudadano AGUIAR GUSTAVO ADOLFO, titular de la cédula de identidad N° V- 16.084.470, mediante el cual entre otras cosas expone: “...En fecha 22-01-2005, se celebró Audiencia Oral ante el Tribunal Primero en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda en la ciudad de Los Teques, en la cual usted acordó imponer al ciudadano AGUIAR GUSTAVO ADOLFO, las Medidas Cautelares Sustitutivas, previstas en el artículo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en presentar periódicamente ante el Tribunal cada 15 días, durante 6 meses, en el libro que reposa bajo su digno Tribunal, hasta la presente fecha mi defendido ha cumplido satisfactoriamente, es le caso ciudadano Juez por todo lo antes expuesto es que solicito EL CESE DE LAS PRESENTACIONES...” Al respecto este Tribunal hace las siguientes observaciones:

En la audiencia oral de fecha 22-01-2005, se le impuso al imputado la medida cautelar prevista en el numeral 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en la presentación periódica cada quince (15) días, los días miércoles por ante este Tribunal por un lapso de seis (06) meses y las cuales ha cumplido correctamente, en consecuencia este Tribunal DECRETA el cese de las presentaciones del ciudadano AGUIAR GUSTAVO ADOLFO, titular de la cédula de identidad N° V- 16.084.470, ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques y se ordena colocar la nota respectiva en el libro N° 3 de presentaciones en el folio 9, todo ello en virtud de que ha cumplido a cabalidad con las mismas.-

DISPOSITIVA

ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA el cese de las presentaciones del ciudadano AGUIAR GUSTAVO ADOLFO, titular de la cédula de identidad N° V- 16.084.470, ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques y se ordena colocar la nota respectiva en el libro N° 3 de presentaciones en el folio 9, todo ello en virtud de que ha cumplido a cabalidad con las mismas.

Regístrese, Diarícese, Publíquese, déjese copia y notifíquese a las partes.

LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL

DRA. JUDITH NIETO DE OCHOA
LA SECRETARIA

ABG ANGELICA MARÍA VELASQUEZ

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARA


ACT. Nro. 1C-42652-05
JNdeO/AMV/jpc.-