REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 16 de noviembre de 2005
195° y 136°


CAUSA No. 2E-003-05

JUEZA: DRA. ANA CATALINA PALOMO HERNANDEZ

SECRETARIO: ABG. CELINA CONTRERAS

FISCAL: DR. ANGEL BASTARDO, fiscal Décimo con Competencia Nacional en Materia Penitenciaria y Ejecución de Sentencias del Estado Miranda.

DEFENSA: DR. JUAN ERNESTO GARANTON HERNANDEZ.

PENADO: ROJAS PEÑALOZA DOUGLAS ANTONIO titular de la Cédula de Identidad No. 6.889.142.

Visto el oficio No. 576/05, de fecha Veintiuno (21) de Septiembre de 2005, y recibido en este Despacho en fecha Once (11) de Noviembre de 2005, suscrito por la ciudadana EGLEE ASCANIO, en su carácter de Directora del Internado Judicial de Los Teques, quien solicita a este Tribunal le sea autorizado al penado ROJAS PEÑALOZA DOUGLAS ANTONIO titular de la Cédula de Identidad No. 6.889.142, el traslado para participar en los I JUEGOS BOLIVARIANOS DEPORTIVOS NACIONALES PENITENCIARIOS, ha realizarse en el Centro Penitenciario de Occidente, desde el 17 al 22 de noviembre del presente año en curso.
De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia en el folio Setenta y Cinco (75) de la Pieza VII, que el referido penado se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina (Mérida), razón por la cual este Tribunal NIEGA el Traslado del penado ROJAS PEÑALOZA DOUGLAS ANTONIO titular de la Cédula de Identidad No. 6.889.142, al Centro Penitenciario de Occidente, por cuanto el mismo lo debe solicitar el director del centro penitenciario de la Región Andina (Mérida) siendo éste el lugar donde se encuentra recluido el penado ROJAS PEÑALOZA DOUGLAS ANTONIO. Y así se decide.

DISPOSITIVA;

En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: UNICO: Declara SIN LUGAR, la solicitud presentada por la Directora del Internado Judicial de Los Teques, ciudadana EGLEE ASCANIO, y Niega el traslado del penado ROJAS PEÑALOZA DOUGLAS ANTONIO titular de la Cédula de Identidad No. 6.889.142, al Centro Penitenciario de Occidente. Líbrese oficio dirigido al Director del Internado Judicial de Los Teques.
LA JUEZ,

DRA. ANA CATALINA PALOMO HERNANDEZ

LA SECRETARIA,

ABG. CELINA CONTRERAS

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.

LA SECRETARIA,

ABG. CELINA CONTRERAS

Causa NO. 2E-003-05
ACPH/