REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 08 de noviembre de 2005
195° y 136°
CAUSA No. 2E-2872/04
JUEZA: DRA. ANA CATALINA PALOMO HERNANDEZ
SECRETARIO: ABOG. CELINA CONTRERAS
FISCAL: DR. ANGEL BASTARDO, fiscal Décimo con Competencia Nacional en Materia Penitenciaria y Ejecución de Sentencias del Estado Miranda.
DEFENSA: MERCEDES ADRIAN ALVAREZ
PENADO: GUZMAN COLORADO PABLO JAVIER titular de la Cédula de Identidad No. 15.914.252.
Visto el oficio No. 885/05, de fecha primero de noviembre de 2005, y recibido en este Despacho en fecha tres (03) de noviembre de 2005, suscrito por la ciudadana DILIA MARGARITA FERNANDEZ, en su carácter de Directora del Centro Penitenciario Región Capital Yare I, Departamento Jurídico, San Francisco de Yare, quien solicita a este Tribunal le sea autorizado al penado GUZMAN COLORADO PABLO JAVIER, titular de la Cédula de Identidad No. 15.914.252, el traslado para participar en los I JUEGOS BOLIVARIANOS DEPORTIVOS NACIONALES PENITENCIARIOS, ha realizarse en el Centro Penitenciario de Occidente Santa Ana Estado Táchira, desde el 17 al 22 de noviembre del presente año en curso.
De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia al folio 90 y 91 de la Pieza IV, copia del Certificado suscrito por el Coordinador Deportivo Prof. Tulio García, donde consta que el referido penado PABLO GUZMAN, ha participado en las Diferentes Actividades Deportivas efectuadas en fecha 12 de marzo de 2005 con una duración de ocho (08) horas en la Fundación Bolivariana Asistencia Penitenciaria, asimismo se evidencia al folio 187, Pieza IV, Ficha Jurídica de fecha primero de noviembre de 2005, suscrita por la ciudadana Dilia Margarita Fernández, en su carácter de Directora del Centro Penitenciario Región Capital Yare I, quien da fe de la Buena conducta del mencionado penado en el cumplimiento de la pena que le ha sido impuesta, por lo que, quien aquí decide considera oportuno acordar la participación de dicho ciudadano en los I Juegos Bolivarianos Deportivos Nacionales Penitenciarios, toda vez que tal evento le brinda la oportunidad de interactuar con penados de otros establecimientos carcelarios de su misma situación, lo que podría estimular el penado ut supra mencionado a concienciar acerca de sus actuaciones, aunado a que tales actos forman parte de la dinámica de la política carcelaria para estimular a aquellos que se encuentran privados de libertad, en consecuencia y a tenor del principio de progresividad consagrado en el articulo 19 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, norma suprema protectora de los Derechos Humanos, este Tribunal AUTORIZA, el Traslado del penado GUZMAN COLORADO PABLO JAVIER, titular de la Cédula de Identidad No. 15.914.252, al Centro Penitenciario de Occidente Santa Ana Estado Táchira, desde el 17 de noviembre de 2005 al 22 de noviembre de 2005, ambas fechas inclusive, para participar en los I JUEGOS BOLIVARIANOS DEPORTIVOS NACIONALES PENITENCIARIOS. Y así se decide.
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DISPOSITIVA;
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: UNICO: Declara CON LUGAR, la solicitud presentada por la Directora del Centro Penitenciario Región Capital Yare I, ciudadana DILIA MARGARITA FERNANDEZ, y autoriza el traslado del penado GUZMAN COLORADO PABLO JAVIER, titular de la Cédula de Identidad No. 15.914.252, con todas las seguridades que el caso amerita, al Centro Penitenciario de Occidente Santa Ana Estado Táchira, para participar en los I JUEGOS BOLIVARIANOS DEPORTIVOS NACIONALES PENITENCIARIOS, ha realizarse los días desde el 17 de noviembre de 2005 al 22 de noviembre de 2005, debiendo trasladarse nuevamente a su sitio de reclusión, una vez culminadas las actividades deportivas antes mencionadas. Líbrese oficio dirigido al Director del Internado Judicial del Centro Penitenciario Región Capital Yare I.
LA JUEZ,
DRA. ANA CATALINA PALOMO HERNANDEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. CELINA CONTRERAS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA,
ABOG. CELINA CONTRERAS
ACPH/CC
Causa NO. 2E-2872-04