REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 30 de Noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2005-002685
Revisado como ha sido el presente Asunto relacionado con la solicitud de entrega de vehículo realizada por la ciudadana: ZORAIDA CARLOTA SOSA DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.755.210, domiciliada en Caracas, debidamente representada por el profesional del derecho abogado HUMBERTO PISANI PEREZ, en representación de la adolescente: VERONICA SOFIA SAMBRANO WOLF, lo cual acredita en autos con las respectivas Actas de Nacimiento y de Defunción de los padres de la misma, ciudadanos: REYES DE JESUS SAMBRANO y LUZ TAHIANA GARCIA SAMBRANO, de las Características siguientes: MARCA: MAZDA, MODELO: MX3; COLOR: NEGRO, AÑO: 1992, SERIAL DEL MOTOR: 4 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERIA: JM1EC43N011-2484, PLACAS: MBT-33C, TIPO: COUPE, USO: PARTICULAR, según documentos que rielan en autos, para decidir se observa:
Que de los autos se evidencia que no riela la correspondiente negativa y su fundamentación por parte de la Fiscalia Novena del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial a la solicitud realizada por la ciudadana: ZORAIDA CARLOTA SOSA DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.755.210, domiciliada en Caracas, previo cumplimiento y consignación por parte de esta de los requisitos de Ley y de la documentación necesaria con vista a las circunstancia del caso y por ende, la necesaria acreditación de la titularidad que la misma se atribuye en referencia a la materia objeto de la presente solicitud.

Ahora bien, dispone el Articulo: 311 del Código Orgánico Procesal Penal lo siguiente:

“El Ministerio Público devolverá lo antes posible los objetos recogidos o que se incautaron y que no son imprescindibles para la investigación. No obstante, en caso de retraso injustificado del Ministerio Público, las partes o los terceros interesados podrán acudir ante el Juez de Control solicitando su devolución, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa y disciplinaria en que pueda incurrir el fiscal si la demora le es imputable……
Las autoridades competentes deberán darle cumplimiento inmediato a la orden que en este sentido impartan el Juez o el Fiscal, so pena de ser enjuiciados por desobediencia a la autoridad, conforme a lo dispuesto en el Código Penal.”

En consecuencia, por cuanto, en autos no existe información alguna relacionada con la negativa por parte del Ministerio Publico a la solicitud hecha por la ciudadana: ZORAIDA CARLOTA SOSA DE GARCIA, ya identificada, y por ende las razones y motivaciones de ese Despacho de haberse dictado tal pronunciamiento, sin prejuzgar sobre el contenido de lo dispuesto en los Artículos: 807 y siguientes del Código Civil en materia de Sucesiones referidos al orden de Suceder y demás requisitos para acreditar tal carácter y la legitimidad de la solicitante, por ello que a los fines de este Tribunal poder ilustrarse y dictar el pronunciamiento respectivo en la AUDIENCIA ESPECIAL, que a tales efectos se fije se ACUERDA, solicitar al Fiscal Noveno del Ministerio Publico de este misma Circunscripción Judicial, se sirva informar a este Tribunal si por ante ese Despacho cursa solicitud realizada por la ciudadana: ZORAIDA CARLOTA SOSA DE GARCIA, ya identificada, relacionada con la entrega del vehículo de las Características siguientes: MARCA: MAZDA, MODELO: MX3; COLOR: NEGRO, AÑO: 1992, SERIAL DEL MOTOR: 4 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERIA: JM1EC43N011-2484, PLACAS: MBT-33C, TIPO: COUPE, USO: PARTICULAR, según documentos que rielan en autos, de ser afirmativa su respectiva, informar igualmente, si ha habido pronunciamiento del mismo en relación a la misma, haciéndole saber igualmente, que por ante este Tribunal cursa solicitud realizada por la identificada ciudadana motivada presuntamente a su negativa de entrega y resolución de su solicitud, una vez que conste en autos la información requerida se procederá a fijar nuevamente oportunidad para la celebración de la presente Audiencia de conformidad con lo establecido en el Articulo: 311 del Código Orgánico Procesal Penal. En virtud del pronunciamiento anterior se deja sin efecto la fijación de la Audiencia Especial, que estaba fijada en el presente Asunto para el día de hoy. Notifíquese a las partes. Librese oficio ordenado.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL,

DRA. FLOR E. COLMENARES DE ROJAS.

El secretario,
ABOG. JOSE MORENO.
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,
ABOG. JOSE MORENO.