REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Con sede en Guarenas
Años 195° y 146°


En horas de Despacho del día de hoy, treinta y uno (31) de octubre de dos mil cinco (2005), siendo las 11:30 a.m.; día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente procedimiento de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Beneficios Laborales, que incoara el ciudadano LUIS ENRIQUE ACUÑA RIVERO venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°7.684.840, en contra de la empresa “FRIGORIFICO LA BALLENA ROSA C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 08-11-1.993, bajo el Nº 63, Tomo 62-a-Sgdo., compareció el ciudadano GONZÁLEZ KLIRIM, GUSTAVO RAMÓN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N°343.645 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°15.956 en su carácter de Apoderado Judicial. Este Tribunal deja constancia que la Parte Demandante no compareció ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, siendo que el interés procesal lo tiene el demandante es por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Es todo. Terminó siendo las 11:45 a.m., se leyó y conformes firman.
LA JUEZ



Dra. CARMEN VIOLETA CEDRÉ TORRES.-



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA


Abg. FABIOLA GOMEZ.


Expediente N°776-05.
CVCT/FG.