REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques; Tres (03) de octubre de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Visto el anterior libelo de demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION COMPRA VENTA Y DAÑOS Y PERJUICIOS, presentado por el abogado en ejercicio ANTONIO AMENDOLIA DRAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.940, respectivamente, en sus carácter de apoderado judicial del ciudadano WILLIAM JACOBO MELENDEZ MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nº V-3.628.943, por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a los demandados ciudadanos JOSÉ DE JESÚS VIANA y MARÍA HAIDEE COLINA y MARÍA HAIDEE COLINA DE VIANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos V-2.072.314 y V-3.408.817, respectivamente, para que comparezca ante este Tribunal ubicado en la Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda, dentro de los veinte (20) días de Despacho siguiente a la constancia en autos de la última citación que se haga, a dar contestación a la demanda, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., hasta la 1:30 p.m. Se ordena compulsar copia del libelo con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pie, entréguese al Alguacil del despacho encargado de las citaciones. En cuanto a la medida solicitada se proveerá por auto y cuaderno separado. Líbrense compulsas.
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA

LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha no se libró compulsa, faltan fotostatos del libelo.
LA SECRETARIA,
HAS/lisbeth
Exp. N° 25294