REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; cuatro (04) de octubre de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Vista la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS y de BIENES, proveniente del juzgado distribuidor, presentada por los ciudadanos JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ RANGEL y ESTHER YENI GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nos v-12.095.229 y 11.409.337, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio OSCAR ENRIQUE BALDA RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.379, por cuanto el Tribunal instó a las partes a la reconciliación y ésta no fue lograda se DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES, de los cónyuges en los mismos términos por ellos expuestos, fundamentada en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena expedir por secretaria copias certificadas, con inserción en las mismas del anterior escrito y del presente auto, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 eiusdem. Para la elaboración de tales copias se autoriza suficientemente a la ciudadana Rosalva Rangel. Líbrense copias.-
EL JUEZ,
HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRITINA BLANCO
HJAS/rr
Exp. Nº 25307