REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques, cuatro (4) de octubre de dos mil cinco (2005).
195º y 146º


Revisadas las actas que conforman el presente expediente, y visto que fueron consignados los recaudos, solicitados en auto de fecha 08/03/2005, para el desarrollo de la causa de rectificación de Partida de Matrimonio, incoada por la ciudadana IRENE MIREYA OROPEZA de Escalona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.056.354, debidamente asistida por el abogado LINO JOSÉ HERRERA VAZQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 89.596. Por cuanto se observa que la misma llena los extremos requeridos en el Código Civil, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho; y en virtud de que el error señalado es de naturaleza material, se ordena proceder de forma sumaria al examen de la pruebas suministradas por el interesado, previa notificación de la Fiscal Undécima del Ministerio Público, a quién se ordena notificar, conforme al ordinal 3° del Artículo 131 en concordancia con el Artículo 132, ambos del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se le concede un lapso de cinco (5) días de despacho contados a partir de la constancia en autos de su notificación, dentro de las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m hasta la 1:30 p.m., a fin de que exponga lo que estime pertinente en el presente procedimiento. Líbrese boleta y adjúntese a la misma copia certificada de la solicitud, y entréguesele al Alguacil de este Juzgado, a objeto de que se practique la notificación ordenada.
EL JUEZ,

HUMBERTO JOSÉ ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


En esta misma fecha no se libro la boleta de notificación a la Fiscal del Ministerio Publico, por falta de fotostatos.
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/yd
Exp. N° 25.900