REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES
195º y 146º
Vista la diligencia de fecha 21 de septiembre de 2005, suscrita por el abogado LUIS AUGUSTO MATERAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.832, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana CARMEN CONSUELO BURGUILLOS DE ALVAREZ, mediante la cual desiste de la presente acción de PARTICION DE HERENCIA incoada contra los ciudadanos PEDRO EMILIO ALVAREZ BURGUILLOS y CESAR JULIO ALVAREZ BURGUILLO.
Este Tribunal para resolver observa:
Que el desistimiento es la separación expresa que hace un litigante de la acción o del procedimiento que había interpuesto o promovido, para lo cual el Juez dará por consumado el acto, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria, en consecuencia este Tribunal imparte su aprobación y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los mismos términos expuestos por el solicitante, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA FUENMAYOR
LA SECRETARIA,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLAREZ
MJFT/nelly
EXP. N° 15274