REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES
195º y 146º
Los Teques, 06 de octubre de 2005
Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente la diligencia de fecha 22 de septiembre del año en curso, suscrito por el abogado en ejercicio JOSE ALEXIS ROJAS MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.084, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual consigna documento autenticado por ante la Notaría Pública del Municipio Los Salias del Estado Miranda, contentivo de la TRANSACCION JUDICIAL suscrita , por una parte por los ciudadanos BARBARA PUSTETTO y ANTONIO LA PAZ GONCALVES GONCALVES, de nacionalidad extranjera la primera y de nacionalidad venezolana el segundo, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números E-81.851.412 y V 8.682.335, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JOSE ALEXIS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.084, y por la otra el abogado en ejercicio RAMON ALEJANDRO INFANTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.558, en su carácter de apoderado judicial de la Junta de Condominio del Edificio Residencias Bolívar, parte demandada y parte actora respectivamente, en el presente juicio de INTIMACION, al respecto este Tribunal DISPONE: 1°) Por cuanto observa que la misma versa sobre materia en la cual no está prohibida la TRANSACCION el Tribunal imparte su aprobación y en consecuencia la HOMOLOGA en los términos expuestos entre las partes; de igual modo se declara terminado el presente procedimiento y se ordenará el archivo del expediente en la oportunidad legal correspondiente, todo de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil; 2°) Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar recaída sobre el inmueble objeto del presente procedimiento decretada en fecha 07 de agosto de 2002, participada a la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Los Salias del Estado Miranda mediante oficio 0855-1493, de fecha 02 de octubre de 2002, así como la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por este Tribunal en fecha 24 de marzo de 2003, participada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda a la mencionada Oficina de Registro mediante oficio signado con el número 248, de fecha 21 de abril de 2003, a cuyo efecto se ordena oficiar lo conducente mediante auto separado.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/ag
Exp.No. 12912