JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, diez de Octubre de dos mil cinco.-
194º y 146º
Recibido por Distribución, constante todo de (08) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por la ciudadana MARIA ESTILITA DEL SOCORRO ZAMBRANO DE VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula N° V-4.635.542, asistida por el Abogado Jesús Argenis Espinoza Morillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 89584, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la ciudadana MARIA ESTILITA DEL SOCORRO ZAMBRANO DE VIVAS, ya identificada y revisada como ha sido la documentación presentada considera que el verdadero nombre es “ ESTILITA” y no como aparece erróneamente “ ESTELITA”. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia ofíciese a la Prefectura del Municipio Pregonero del Estado Táchira y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal al Acta de Matrimonio N° 71 de fecha 20 de Julio de 1965 perteneciente a los ciudadanos ANTONIO RAMON VIVAS y MARIA ESTELITA DEL SOCORRO ZAMBRANO DURAN, asimismo ofíciese a la Prefectura del Municipio La Concordia y Prefectura del Municipio San Sebastián del Distrito San Cristóbal, a fin de que estampen la nota marginal a la Partida de Nacimiento N° 2446 de fecha 26 de Julio de 1967 perteneciente a GLENDA MARIBEL y N° 507 de fecha 03 de Mayo de 1966 perteneciente a SANDRA ESTELA respectivamente. Expídase copias certificadas.-

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
Iraly Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria Temporal
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