REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, diecisiete (17) de octubre de dos mil cinco (2005)
195º y 146º
ASUNTO: SP01-L-2005-000735
PARTE ACTORA: FELIPE CHACÓN DELGADO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MAXIMO RIOS FERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS BULL ROSS, C.A. y BANCO PROVINCIAL S. A., BANCO UNIVERSAL.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA BANCO PROVINCIAL S. A., BANCO UNIVERSAL: CARLOS CASTELLANOS CARREÑO, MARJORIE MATTUTAT MUÑOZ, RAFAEL MOLERO VILLALOBOS, MIGUEL ACUÑA RAMIREZ y JORGE ANTONIO CASTELLANOS GALVIS.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, diecisiete (17) de octubre de 2005, siendo las 11:00 a.m., día y la hora fijados para la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentran presentes todas las partes, el abogado MAXIMO RIOS FERNANDEZ, mayor de edad, venezolano, Inpreabogado Nro. 23.807, en su condición de apoderado judicial del ciudadano FELIPE CHACÓN DELGADO, según poder apud acta que se encuentra inserto en el presente expediente, también comparecieron a esta audiencia los abogados CARLOS CASTELLANOS CARREÑO y MARJORIE MATTUTAT MUÑOZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 48.291 y 105.378, en representación de la empresa BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL., según poder autenticado que se agrega al expediente en el presente acto en copia certificada, una vez iniciada la Audiencia Preliminar, concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, la parte demandada alego la cosa juzgada ya que por ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, cursó expediente signado bajo el N° SP01-L-2004-000065, donde el ciudadano FELIPE CHACÓN DELGADO, fue uno de los codemandantes, y las empresas SERVICIOS BULL ROSS, C.A. y BANCO PROVINCIAL S. A., BANCO UNIVERSAL, las demandadas, siendo las mismas partes en el presente expediente, lográndose en el expediente N° SP01-L-2004-000065, una mediación en fecha 30 de junio de 2005, donde se le dio efectos de Cosa Juzgada y se ordenó el archivo del expediente.
Este Tribunal, en virtud de lo alegado por la parte demandada, y una vez verificado lo alegado procede a ordenar el archivo del presente expediente por tratarse lo demandado de Cosa Juzgada, así mismo se ordena el archivo del presente expediente.-
La Juez,



Abg. María Carolina Sánchez Quintero


El Secretario,



Abg. Miguel Colmenares Chacón
Los Presentes,



MAXIMO RIOS FERNANDEZ



CARLOS CASTELLANOS CARREÑO



MARJORIE MATTUTAT MUÑOZ