REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.

San Cristóbal, 14 de Octubre de 2005


EXPEDIENTE Nº: 35238

MOTIVO: AUTORIZACION COBRO DE BENEFICIO

SOLICITANTE: JOSE GERMAN NIETO DUQUE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.687.206, domiciliado en la Castra calle 3 N° 0-29 San Cristóbal Estado Táchira.

BENEFICIARIO: ZULGEY DAYANA NIETO BRACHO, venezolana, de 11 años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 930 expedida por la Prefectura del Municipio Jáuregui del Estado Táchira.

Por escrito presentado en fecha 17 de mayo de 2.005, por el ciudadano JOSE GERMAN NIETO DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.687.206, actuando en beneficio e interés de la niña ZULGEY DAYANA NIETO BRACHO; solicitó se expida autorización para tramitar los beneficios por ante el Ministerio de Salud y Desarrollo Social y cualquier otro organismo publico o privado, quedantes ante el fallecimiento de la ciudadana ESTHER ZULAY BRACHO QUIÑONES, quien era titular de la cédula de identidad N° V-9.338.736. Vistos los recaudos anexos y cumplidos como han sido los requisitos exigidos por este Despacho en el auto de admisión; es por lo que este JUEZ UNIPERSONAL TEMPORAL N° 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo previsto en el artículo 267 del Código Civil, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL amplia y suficiente al ciudadano JOSE GERMAN NIETO DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.687.206, para que en nombre y representación de su hija la niña ZULGEY DAYANA NIETO BRACHO, venezolana, de 11 años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 930 expedida por la Prefectura del Municipio Jáuregui, tramite por ante el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL así como cualquier otro Organismo Público o Privado, la cuota parte que le corresponde a la mencionada niña por concepto de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Pensión de Sobreviviente y cualquier otro beneficio por el fallecimiento de su madre la ciudadana ESTHER ZULAY BRACHO QUIÑONES quién era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.338.736 y quién falleció en fecha 03 de Febrero de 2.003, según copia certificada del Acta de Defunción Nº 120 asentada en la Prefectura de la Parroquia Domingo Peña Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida. Se le advierte al encargado de la tramitación que la sumas de dinero correspondiente a la niña ZULGEY DAYANA, deberán ser enviadas en cheque a nombre del Tribunal para aperturar una cuenta bancaria a favor de la mencionada niña; el incumplimiento de este requisito deriva a la nulidad de la Autorización concedida y se le aplicaran las sanciones de Ley. Regístrese y expídase copia certificada para el archivo del Tribunal e interesada.-


Abog. VICTOR MELO ARAGORT
JUEZ UNIPERSONAL TEMPORAL Nro. 01



Abog. ANDREINA DUQUE CASIQUE
SECRETARIA


En la misma fecha se cumplió con lo acordado.


La Secretaria.





Exp. 35238 Cobro Beneficios
Carolina