REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 5 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-002027
ASUNTO : SP11-P-2005-002027
Visto oficio N° 20-F8-3210-2.005, de fecha 04 del Octubre de 2005, procedente de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico, suscrito por la abogada Andreina Torres Torres, en donde solicita, en razón de investigación N°20-F4-1052-05, por la presunta comisión del delito de ALTERACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO, se autorice Video – Grabación y toma de fotografías, la cual se realizaran en el curso del allanamiento a llevarse a cabo en la sede de la Oficina del MAT Delicias del Ministerio de Agricultura y Tierras, ubicado en la calle principal, esquina con Plaza Bolívar, carrera 02, casa N° 26, al lado de la Prefectura, Las Delicias, Municipio Rafael Urdaneta, Estado Táchira, fundamentando su solicitud en los artículos 219 y 220 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir observa:
Que la referida solicitud se fundamenta, en razón de investigación N°20F4-1052-05, que fue aperturada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de ALTERACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO, y que la grabación y toma de fotografías que se efectuará al momento de practicar el allanamiento, ya decretado por este Despacho, fundamentada en los artículos 219 y 220 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Extensión San Antonio del Táchira, ACUERDA LA AUTORIZACION, para que los funcionarios adscritos al Comando Regional N° 1 de la Guardia Nacional, procedan a la Vídeo Grabación y toma de fotografías; a realizar en el curso del allanamiento a llevarse a cabo en la sede de la Oficina del MAT Delicias del Ministerio de Agricultura y Tierras ubicado en la calle principal, esquina con Plaza Bolívar, carrera 02, casa N° 26, al lado de la Prefectura, Las Delicias, Municipio Rafael Urdaneta, Estado Táchira, la cual se realizará con la filmadora marca Samsung modelo FSCL810, 8 milímetros, serial 67AWB12929B; y para la toma de fotografías se utilizará la cámara fotográfica marca Minolta, modelo X-300S, serial 54501474.
Asimismo, se fija como tiempo de duración de la presente autorización seis (06) días, contados a partir de la presente fecha; todo lo cual se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 219, 220 y 221 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente autorización.
DRA. BELKYS ALVAREZ ARAUJO
JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. MILTON GRANADOS FERNANDEZ
SECRETARIO