REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 19 de Octubre de 2005
195° y 146°
CAUSA 1CS-2267/04
JUEZ: ABG. JUDITH DEL CARMEN NIETO DE OCHOA.
SECRETARIA: ABG. ANGELICA MARIA VELASQUEZ.
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
FISCAL: AUXILIAR TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. INGRID LOPEZ.
VICTIMA(S): DEICY YULIMAR DIAZ CAMEJO, titular de la cédula de identidad No. V-14.058.956, de nacionalidad venezolana, natural de Chacao, Estado Miranda, donde nació en fecha 23/04/1.980, hijo de Rafael Díaz (V) y Gladis de Díaz (V), Edad: 25 años, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, residenciado Santa Rosa, Sector El tanque, calle principal El castaño, casa s/n, teléfono: 0416-7220554.
DEFENSORA PRIVADA: NELYDA RIVAS PEÑA INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 59.035.
IMPUTADO: JEAN CARLOS JOSE MARQUEZ PAREDES, titular de la cédula de identidad No. V-16.145.791de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, donde nació en fecha 01/02/1.983, hijo de José Gavino Márquez (V) y Dilia Paredes (V), Edad: 22 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio actualmente desempleado, residenciado Barrio Miranda, Sector Los Lagos, callejón Principal, casa s/n, como a cincuenta metros de la bodega Barrio Miranda, teléfono: 0416-4235399.
AUTO DE APERTURA A JUICIO
Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a dictar AUTO DE APERTURA A JUICIO, en virtud que el día viernes catorce (14) Octubre de dos mil cinco (2005), siendo las once y treinta horas de la mañana (11:30 a.m.), se llevó a cabo la Audiencia Preliminar en la causa seguida al ciudadano acusado JEAN CARLOS JOSE MARQUEZ PAREDES, titular de la cédula de identidad No. V-16.145.791de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, donde nació en fecha 01/02/1.983, hijo de José Gavino Márquez (V) y Dilia Paredes (V), Edad: 22 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio actualmente desempleado, residenciado en el Barrio Miranda, Sector Los Lagos, callejón Principal, casa s/n, como a cincuenta metros de la bodega Barrio Miranda, teléfono: 0416-4235399, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal.-
IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO
JEAN CARLOS JOSE MARQUEZ PAREDES, titular de la cédula de identidad No. V-16.145.791de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, donde nació en fecha 01/02/1.983, hijo de José Gavino Márquez (V) y Dilia Paredes (V), Edad: 22 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio actualmente desempleado, residenciado Barrio Miranda, Sector Los Lagos, callejón Principal, casa s/n, como a cincuenta metros de la bodega Barrio Miranda, teléfono: 0416-4235399.
RELACION CLARA PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS:
Los hechos que se le imputan al ciudadano JEAN CARLOS JOSE MARQUEZ PAREDES, ya identificado, se encuentran referidos los hechos atribuidos al ciudadano JEAN CARLOS JOSÉ MÁRQUEZ PAREDES, se subsumen en el delito de DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, el cual se encuentra previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 406 del Código Penal en relación con el artículo 83, ejusdem, toda vez que fue la persona que el día veinte (20) de diciembre del año 2.003, entre las 08:00 y las 09:00 horas de la noche, se encontraba en el Sector Los Lagos, Barrio Miranda, vía publica, Los Teques, Estado Miranda, cuando le hace entrega de un arma de fuego al ciudadano JHONNY ELIECER ÁLVAREZ GÓMEZ, compañero con quien usualmente andaba, motivándose dicha entrega en la discusión que momentos antes habían sostenido los ciudadanos JHONNY ELIECER ÁLVAREZ GÓMEZ y el hoy occiso, ciudadano ORLANDO JOSÉ JIMÉNEZ MORALES, posteriormente JHONNY ELIECER ÁLVAREZ GÓMEZ, a pesar de haber mediado diversas personas en la discusión y haber culminado la misma, regresa nuevamente hasta el lugar donde previamente había sostenido la discusión con la mencionada víctima, se dirigen hacia un callejón de dicho sector, acciona el arma de fuego suministrada por JEAN CARLOS JOSÉ MÁRQUEZ PAREDES, en la espalda del ciudadano ORLANDO JOSÉ JIMÉNEZ MORALES, cuando éste huía en veloz carrera del lugar, causándole una herida que en definitiva le provoca la muerte, la cual según el Protocolo de Autopsia, suscrito por los Médicos Forenses DRA. MARIA GARRIDO y DR. BORIS BOSSIO y el Acta de Defunción, ocurrió por “...Shock hipovolémico. Hemorragia interna. Ruptura cardiaca. Herida por arma de fuego toraco abdominal.
PRUEBAS ADMITIDAS
De conformidad con lo previsto en el artículo 331 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal ADMITE, las pruebas que a continuación se mencionan por considerarlas legales, licitas, pertinentes y necesarias para recibirse en el juicio oral y público, son las que a continuación se mencionan:
PRUEBAS PROMOVIDAS POR EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, Y ADMITIDAS QUE SE PRODUCIRÁN EN EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO.
1. Acta Policial de fecha 20-12-03, donde los funcionarios ALDANA JESÚS y Sub Inspector ESTELIA LÓPEZ, adscritos ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se trasladan hasta la sede de la Medicatura Forense de dicho órgano de investigación penal, donde en el interior de la sala de realización de autopsias, en donde observaron “...sobre un mesón propio para practicar necropsias, el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, en posición decúbito dorsal, portando como vestimenta una franela de color verde, marca Ovejita, talla “S”, una camiseta marca Ovejita de color verde talla 34, un pantalón blue jeans, marca Ferrari, del examen externo practicado a dicho cadáver, el mismo presentó las siguientes características fisonómicas: Tez trigueña, contextura regular, cabellos de color negro y corto, de 170 centímetros de estatura, ojos de color marrón, el mismo presentaba una excoriación en la región supra orbital izquierda, una excoriación en la oreja izquierda y en el pómulo izquierdo; asimismo presentando una excoriación en la región maxilar inferior del lado izquierdo...y un orificio de forma circular en la región lumbar media del lado izquierdo, presuntamente producida por el paso de un proyectil de mayor o menor cohesión molecular, expulsado por un arma de fuego sin orificio de salida.” 2. Inspección Técnica N° 1590 de fecha 20-12-03, practicada por los funcionarios ALDANA JESÚS y Sub Inspector ESTELIA LÓPEZ, adscritos ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, en el Depósito de Cadáveres de la Medicatura Forense del mismo órgano de investigación penal, donde se deja constancia de las condiciones externas del cadáver del ciudadano ORLANDO JOSÉ JIMÉNEZ MORALES, donde apreciaron. 3. La Inspección Técnica N° 1591 de fecha 20-12-03, practicada por los funcionarios ALDANA JESÚS y Sub Inspector ESTELIA LÓPEZ, adscritos ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas en: el Sector Los Lagos, Barrio Miranda, vía pública, Los Teques, Estado Miranda, donde se deja constancia de las condiciones y características del lugar donde se suscitó el hecho. 4. Acta Policial de fecha 20-12-03, relacionada con la Entrevista rendida en esa misma fecha ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por la ciudadana DÍAZ CAMEJO DEISY YULIMAR, en la cual entre otros señala: “...Resulta que el día de hoy, como a las 8:45 horas de la noche...cuando VILMA RODRÍGUEZ, llegó a mi casa y me dijo Deisy le dieron un tiro Orlando, subí corriendo y vi cuando WILFREDO llevaba a mi esposo hoy occiso, en el hombro buscando un carro para llevarlo al hospital, bajé corriendo hasta la cancha para llevarle i hijo a mi mamá para que lo cuidara luego me fui con Vilma en un taxi para el Hospital Victorino Santaella y cuando llegué mi primo Freddy me dijo que mi esposo había muerto...SEGUNDA: Diga usted tiene conocimiento quien fue la persona que le efectúo el disparo a su esposo hoy occiso? CONTESTÓ: Sé que se llama JHONY...DÉCIMA: Diga usted, este sujeto de nombre JHONNY se juntaba con algunos otros muchachos del barrio? CONTESTÓ: El se juntaba con Jean Carlos, con Jessica y otros...DÉCIMA TERCERA: Diga usted, que personas se encontraban presentes para el momento en que Jhonny le efectúo el disparo a su esposo hoy occiso? CONTESTÓ: Los mismos muchachos que nombré anteriormente, ellos son del barrio viven cerca de mi casa...DÉCIMA SEPTIMA: Diga usted, tiene conocimiento en donde recibió el disparo su esposo hoy occiso? CONTESTÓ: Me dijeron que por la espalada...”. 5. Acta Policial de fecha 20-12-03, relacionada con la Entrevista rendida en esa misma fecha ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por el ciudadano MORALES TORREALBA FREDDY, en la cual entre otros expone:”...Bueno el caso es que siendo como las 07:00 horas de la noche de hoy estando en Barrio Miranda, estaba con mi primo ORLANDO JOSÉ JIMÉNEZ MORALES y estaba un grupo de sujetos reunidos y llegó JHONY, con las manos metidas dentro de la camisa por la cintura como simulando cargar un arma y mi primo le preguntó si era balandro y se manotearon la cara, mi primo se separó con otro llamado JHONY y discutieron y yo estaba tratando de desapartarlos, en ese momento todo quedó así, yo me fui y me bañé, cuando yo estaba regresando, estaban ellos dos discutiendo otra vez, pero en esa oportunidad estaban en un callejón del propio Barrio Miranda y estaban también JORGE, FRANK, JOSÉ, JOHAN y otros, en eso intervine nuevamente para desapartarlos y observo que JHONY, sacó un Revolver y me fui corriendo y escuché un disparo y me regresé y vi a mi primo que se cayó, se levantó y caminó y se cayó de nuevo, fui con JOHAN y lo sacamos para el hospital...cuando llegamos al hospital, los médicos nos dijeron que el estaba muerto. 6. Acta de Entrevista rendida en fecha 16-03-04 ante la División de Investigaciones del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda (IAPEM), por el ciudadano MORALES TORREALBA FREDDY, en la cual entre otros expone:”...Eso fue el día 20 de Diciembre del 2.003, como a las 09:00 de la noche, yo estaba en un callejón del Barrio Miranda que conduce hacia el sector La Pradera y vi que Orlando José Jiménez Morales y Jhonny Álvarez, a quien le dicen “EL SANTERO”, estaban discutiendo yo me acerqué y lo estaba desapartando pero ellos seguían discutiendo, se acercó un amigo de nombre; Rubén y también se puso a ayudarme a separarlos cuando de repente Jhonny Álvarez le pidió una pistola a un muchacho que se llama Jean Carlos Paredes Márquez, ene se momento Jean Carlos le dio un Revolver a Jhonny y nos comenzó a disparar, nosotros salimos corriendo y vi cuando Orlando cayó al suelo herido, él se paro otra vez y siguió corriendo pero luego se volvió a caer, yo fui con Rubén y un señor con un carro a llevar a Orlando al Hospital y un Doctor que estaba allí nos dijo que había llegado muerto...”. 7. Acta Policial de fecha 21-12-03, relacionada con la Entrevista rendida en esa misma fecha ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por la ciudadana PAREDES DE HERRERA MARÍA ELVA en la cual entre otros expone: “...Resulta que el día de hoy, como a las 10:00 horas de la mañana, tocaron la puerta de mi casa...eran funcionarios de este ente policial, quienes me preguntaron por el paradero de JHONY, yo le permito el acceso a mi residencia y les manifesté que JHONY se había ido de la casa desde anoche...QUINTA: Diga usted, cuanto tenía JHONY viviendo en su residencia? CONTESTÓ: Como cinco meses...DÉCIMA: Diga usted, tiene conocimiento con quien iba JHONY para esa fiesta? CONTESTÓ: Con los muchachos del barrio Miranda, mayormente andaba con ellos...”. 8. Acta de Entrevista rendida en fecha 17-01-04 ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por el ciudadano DÍAZ ASCANIO RUBÉN DARÍO, en la cual entre otros manifiesta: “...Resulta que el día 20-12-03, como a las 9:30 horas de la noche, yo iba para mi casa y escuché al santero de nombre JHONNY, desconozco su apellido que le dijo a Jean Carlos, que le prestara la pistola que tenía un problema con Orlando hoy occiso, yo me fui para la casa y como a los 15 minutos escuché unos disparos, y subí y vi a Orlando Tirado en el piso, entonces lo recogimos y lo llevamos al Hospital Victorino Santaella...CUARTA: Diga usted, cuando se encontraron con orlando y este estaba herido, tenía algún arma de fuego en su poder? CONTESTÓ: No. QUINTA: Diga usted, en donde estaba herido Orlando? CONTESTÓ: En la espalda...SEPTIMA: Diga usted, observó a Jean Carlos dándole el arma de fuego a el Santero? CONTESTÓ: Yo vi cuando la sacó Jean Carlos pero no cuando se la entrego...”. 9. Acta de Entrevista rendida en fecha 06-02-04 ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por la ciudadana MORALES QUINTANA FANNY AURELIA, en la cual entre otros señala: “...Yo estaba en mi casa en San Cristóbal y como a las dos de la mañana del día 21-12-03 me llamó mi hija CELENIA MARÍA JIMENEZ MORALES y me informó que a mi hijo ORLANDO JOSÉ JIMÉNEZ MORALES...lo habían matado, con la impresión me sentí muy mal y como las cuatro de la mañana de ese día me trasladé a Los Teques, llegué como alas siete de la noche de ese mismo día directo a la funeraria, pregunté como habían matado a mi hijo y me dijeron que un sujeto de nombre JHONNY le había dado unos tiros y que otro sujeto de nombre JEAN CARLOS habría entregado el arma con la que mataron a mi hijo al sujeto, desde ese día tomé la decisión de quedarme un tiempo en Los Teques y en estos momentos ya he recibido amenazas de muerte por parte de estos sujetos vía teléfono y personalmente...QUINTA: Diga que personas se encontraban presentes cuando su hijo resultó lesionado. CONTESTÓ: Supuestamente JORGE, FRANKLIN, JOAN, ALEXIS...” 10. Acta de Entrevista rendida en fecha 07-02-04 ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por el ciudadano BRICEÑO ALEXIS JOSÉ, en la cual entre otros indica: “...Yo me encontraba en la bodega y a mi lado estaba Orlando, eran como las nueve de la noche, en ese momento paso JHONNY, quien llamó a ORLANDO, se pusieron a discutir, luego llegaron a la entrada del callejón, escuché un disparo pero no le presté atención ya que era Diciembre, en ese mismo instante viene Orlando agarrándose por la espalda y lo vi que estaba herido, cayó en el suelo y llegó Joan y auxilió a ORLANDO llevándolo al hospital donde murió...”. 11. Acta Policial de fecha 07-02-04, relacionada con la Entrevista rendida en esa misma fecha ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por la ciudadana RODRÍGUEZ FIGUERA VIRMA ELINAS, en la cual entre otros expuso: “...Yo estaba lavando, me puse a tender la ropa, escuché una bulla ene l callejón, me asomé y veo un poco de gente, bajé para ver que pasaba y observo que traían a una persona cargada entre cuatro personas, pregunté que había pasado y me dijeron que a Orlando le habían dado un tiro y quien lo había herido era un tal JHONNY, bajé corriendo a la casa de Orlando para avisarle a Deicy quien es la esposa de Orlando lo que estaba pasando, llegué y le dije y luego subí a mi casa y me cambie de ropa y me fui con Deicy para el hospital y cuando llegamos Orlando había fallecido...”. 12. Acta Policial de fecha 07-02-04, relacionada con la Entrevista rendida en esa misma fecha ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por el ciudadano RIVAS TORO FRANCISCO FRANKLIN, en la cual entre otros expuso: “...Yo me estaba tomando una cerveza en la bodega, se originó una discusión entre ORLANDO y JHONNY, me metí para evitar un problema, Orlando se fue hacia el callejón de que a su casa, JHONNY se fue detrás de Orlando, en ese mismo momento escuché un disparo, salió corriendo Orlando agarrándose la espalda y gritaba que le habían dado, luego se cayó y se desmayó...SEPTIMA: Diga usted, cuantos disparos escuchó. CONTESTÓ: Uno sólo...”. 13. Acta Policial de fecha 07-02-04, relacionada con la Entrevista rendida en esa misma fecha ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por el ciudadano CASTRO PADRINO JOHAN IGNACIO, en la cual entre otros manifestó: “...Yo me estaba tomando una cerveza en la esquina de la bodega, estaba Orlando conmigo, llegó Jhonny y saludó a los que estábamos allí y se fue para el callejón, luego Orlando se fue detrás de él ya que habían discutido, ese momento se escucha un estallido pero nadie le presta atención ya que era Diciembre, cuando veo que viene corriendo Orlando y se cae, voy a ver que pasaba y como Orlando se agarraba la camisa yo se la levanté y veo que tiene un hueco en la espalda, como pude lo llevé al Hospital y allí murióse originó una discusión entre ORLANDO y JHONNY, me metí para evitar un problema, Orlando se fue hacia el callejón de que a su casa, JHONNY se fue detrás de Orlando, en ese mismo momento escuché un disparo, salió corriendo Orlando agarrándose la espalda y gritaba que le habían dado, luego se cayó y se desmayó...SEPTIMA: Diga usted, cuantos disparos escuchó. CONTESTÓ: Uno sólo...”.14. Acta de Entrevista rendida en fecha 13-02-04 ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por el ciudadano FOSECA LÓPEZ WILFREDO JOSÉ, en la cual entre otros indica: “...Yo venía saliendo de la casa de mi mamá y cuando iba subiendo hacia la bodega venía corriendo Orlando y gritando con la mano en la espalada diciendo ME DIO, ME DIO, cuando pasó al lado mío se cayó en frente de la casa, terminé de subir, llegó un muchacho a quien he visto en dos oportunidades en el barrio y decía ESO ES PARA QUE VEAN QUE YO SI SOY MALANDRO Y ME DOY A RESPETAR, luego dio la espalda y se fue...QUINTA: Diga usted, llegó a observar al hoy occiso portando arma de fuego. CONTESTÓ: Cuando lo recogí no tenía nada...”. 15. Solicitud de Orden de Aprehensión realizada por esta Representación Fiscal, en fecha 23-04-04. 16. El Protocolo de Autopsia Nº 1655-03, realizado por los expertos DRA. MARIA GARRIDO Anatomopatólogo Forense y DR. BORIS BOSSIO, Jefe de la Medicatura Forense, ambos adscritos a la Medicatura Forense de la Sub-Delegación Miranda del Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en el mismo establece la naturaleza de las heridas sufridas por el ciudadano ORLANDO JOSÉ JIMÉNEZ MORALES, las características y descripción de las mismas, así como la causa de la muerte y la trayectoria intraorgánica del disparo que le causó la muerte a dicho ciudadano, señalándose como causa de la muerte: “...Shock hipovolémico. Hemorragia interna. Ruptura cardiaca. Herida por arma de fuego toraco abdominal. 16. Acta de Enterramiento S/N, suscrita por el Administrador del Cementerio Municipal de Los Teques, donde se deja constancia de la inhumación del cadáver del ciudadano ORLANDO JOSÉ JIMÉNEZ MORALES. 17. Acta de Defunción del ciudadano ORLANDO JOSÉ JIMÉNEZ MORALES, suscrita por el Director del Registro Civil de Personas y electoral del Municipio Autónomo Guaicaipuro del estado Miranda, donde deja constancia que dicha acta se encuentra inserta bajo el número 1083, folio 283 (Vto.). 18 Acta de Entrevista rendida en fecha 12-02-04 ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por la ciudadana MORENO PAREDES JESSIKA CAROLINA, en la cual entre otros indica: “...Yo estaba en el callejón y venía JHONNY y le pregunté que para donde iba, el me dijo que había tenido una discusión con Orlando...JHONNY sacó un arma y le disparó a ORLANDO...”. 29. Acta de Entrevista rendida en fecha 12-02-04 ante la Sub- Delegación de Los Teques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, por el ciudadano JEAN CARLOS JOSÉ MÁRQUEZ, en la cual entre otros indica: “...Íbamos un grupo para una fiesta, estábamos en la escalera reunidos, nos fuimos hacia el callejón y cuando llegamos Orlando estaba discutiendo con Jhonny...NOVENA: Diga usted, las características del arma de fuego que portaba Jhonny. CONTESTÓ: Era un revolver cañón largo color plateado. DÉCIMA: Diga usted, las características del arma de fuego que portaba el hoy occiso. CONTESTÓ: Un revolver pequeño.
DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:
PRIMERO: SE ADMITE la acusación presentada por la Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Miranda Dra. INGRID LOPEZ.
SEGUNDO: SE ADMITEN todos los medios de prueba ofrecidos por la Representante Fiscal y antes señalados, por no ser ilegales ni ilícitos y por ser necesarios y pertinentes para la celebración del juicio oral y público, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se deja constancia que la Defensa Dra. NELYDA RIVAS PEÑA. Promovió las Testimoniales de los Ciudadanos: MORENO PAREDES JESSIKA CAROLINA, MORENO BRICEÑO y JORGE ANTONIO quienes son venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 17.744.619 y 8.677.835, respectivamente, mayores de edad, domiciliados en las siguientes direcciones: Barrio Miranda, calle principal, no. 43, Los Teques, Estado Miranda y Barrio Miranda, calle principal, casa sin número, Los Teques, Estado Miranda respectivamente, a los fines que sean citados y declaren sobre el conocimiento que tienen acerca de los hechos ocurridos el día 20 de Diciembre de 2.003. La defensa considera su declaración útil, por ser ambos testigos de los hechos ocurridos, necesarios por cuanto a través de su declaración se pueden desvirtuar los hechos que se le imputan a mi defendido y pertinente indico las pruebas que producirá en el juicio oral. Y este Tribunal las Admite, por considerar que las mismas, son: Licitas, necesarias, pertinentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal. en virtud que tienen conocimiento de los hechos.
CUARTO: En este estado el Tribunal procede a preguntar al acusado, JEAN CARLOS JOSE MARQUEZ PAREDES, titular de la cédula de identidad No. V-16.145.791de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, donde nació en fecha 01/02/1.983, hijo de José Gavino Márquez (V) y Dilia Paredes (V), Edad: 22 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio actualmente desempleado, residenciado Barrio Miranda, Sector Los Lagos, callejón Principal, casa s/n, como a cincuenta metros de la bodega Barrio Miranda, teléfono: 0416-4235399. ¿desea admitir los hechos objeto del proceso?, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Quien manifiesto: No, no deseo admitir los hechos por cuanto soy inocente.
QUINTO: Se acuerda la solicitud de la Representante Fiscal, en cuanto se mantenga la privación judicial preventiva de libertad del ciudadano JEAN CARLOS JOSE MARQUEZ PAREDES, titular de la cédula de identidad No. V-16.145.791de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, donde nació en fecha 01/02/1.983, hijo de José Gavino Márquez (V) y Dilia Paredes (V), Edad: 22 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio actualmente desempleado, residenciado Barrio Miranda, Sector Los Lagos, callejón Principal, casa s/n, como a cincuenta metros de la bodega Barrio Miranda, teléfono: 0416-4235399., por ser procedente la solicitud fiscal. Se mantiene la privación Judicial de Libertad, en virtud de no haber variado las circunstancias que dieron lugar a la misma.
SEXTO: Se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, abrir el Juicio Oral y Público en contra JEAN CARLOS JOSE MARQUEZ PAREDES, titular de la cédula de identidad No. V-16.145.791de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, donde nació en fecha 01/02/1.983, hijo de José Gavino Márquez (V) y Dilia Paredes (V), Edad: 22 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio actualmente desempleado, residenciado Barrio Miranda, Sector Los Lagos, callejón Principal, casa s/n, como a cincuenta metros de la bodega Barrio Miranda, teléfono: 0416-4235399. y se emplaza a las partes para que en un plazo común de cinco (05) días concurran al Juez de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal y Sede que conocerá de acuerdo a la distribución, instruyendo al secretario en el sentido de remitir las actuaciones al Tribunal competente.
SEPTIMO: Se ordena remitir con oficio las presentes actuaciones a la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los fines de la distribución correspondiente en el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal y Sede competente, una vez vencidos los lapsos procésales establecidos en el Código Adjetivo Penal.
OCTAVO: Las partes presentes quedan notificadas de la presente decisión conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
LA JUEZ SUPLENTE
DRA. JUDITH NIETO DE OCHOA,
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA MARÍA VELASQUEZ
JNdeO/AMV/jpc.-
CAUSA 1CS-2267-04