REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA Y EN CONSECUENCIA SE FIJA UN PLAZO DE TREINTA (30) DÍAS CONTINUOS, al Fiscal del Ministerio Público, a los fines que presente el acto conclusivo a que hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 321 del Código Orgánico Procesal Penal,vigente para la fecha de la ocurrencia de los hechos (Gaceta Oficial N° 37.022 del 25 de agosto de 2000) en relación con lo dispuesto en el artículo 553 ejusdem.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.-
Lal Juez de Control N° 6
Dra ZULAY GOMEZ MORALES
La Secretaria
Abg. INGRID MORENO
ZGM/IM/rr
Causa: 6C-6585-01