REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 10 de Octubre del año 2.005
CAUSA N° 3E- 002-05
JUEZ: JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO, Juez de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques.
SECRETARIO: EDUARDO SANCHEZ, Secretario Adscrito al Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PENADO: MORANTES CARLOS MANUEL, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-6.271.615, de estado civil casado, nacido en Cúcuta Colombia 22-05-1954, de oficio Taxista, residenciado en residencias Hipódromo, piso 12, apartamento 122, avenida principal de coche, Caracas, actualmente detenido en el Internado Judicial de Los Teques.
DEFENSA: Dra. MERCEDEZ ADRIAN ALVAREZ, Defensora Pública Penal adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques.
FISCAL: Dr. ANGEL RAFAEL BASTARDO, Fiscal Décimo del Ministerio Público con competencia en materia de ejecución de sentencias de esta Circunscripción Judicial y sede en Guarenas.
VICTIMA: LA SOCIEDAD.
DELITO: Transporte de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SOBRE LA COMPETENCIA DE ESTE TRIBUNAL
Analizadas como han sido todas y cada una de las actas que conforman el presente expediente y por cuanto este Tribunal en Visita Carcelaria efectuada el día 04 de Octubre del año conjuntamente con la Juez Primero de Ejecución de este mismo circuito judicial penal y sede Dra. NATTY MEDINA BARRIOS, en la sede del Internado Judicial de Los Teques, procedí a solicitarle información a la ciudadana Directora del penal Com. EGLLE ASCANIO, sobre el penado MORANTES CARLOS MANUEL, en virtud de que existía solicitud de la defensa, señalando que el mismo presentaba problemas de salud y que debía ser evaluado por el Médico Forense a los fines de establecer su estado de salud, para determinar si el mismo padece de una enfermedad grave o en fase terminal, una vez allí corroboramos que el mismo efectivamente se encontraba hospitalizado en el Hospital Victorino Santaella de esta ciudad de Los Teques, en ese momento en que nos encontrábamos en la dirección del penal, la Dra. NATTY MEDINA BARRIOS, en su condición de Juez Primero de Ejecución, procedió a revisar el expediente carcelario del penado y constato que su Tribunal esta conociendo de la causa signada con el N° 1E-2870-04, la cual ejecuto en fecha 11-02-2004, siendo la misma causa donde se ejecuto la pena correspondiente a su hijo CARLOS ALBERTO MORANTES ORTIZ, de nacionalidad Venezolana, natural de San Antonio del Táchira, titular de la cédula de identidad N° 19.205.250, quien Admitió los hechos en fecha 11 de Diciembre del año 2.003 y siendo condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por el Tribunal Segundo de Control de este Mismo Circuito Judicial Penal y Sede.
Ahora bien en virtud de que existen dos causas en distintos Tribunales de ejecución, siendo los mismos penados, quienes a su vez fueron condenados por los mismos hechos, se evidencia que el ut supra mencionado penado fue presentado ante el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nro. 2, de este mismo circuito judicial penal y sede por la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda por la presunta comisión del delito Transporte de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Decretada su Privación Judicial Preventiva de Libertad en fecha 23-11-2003 y condenado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, así como al cumplimiento de las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal.
En tal sentido, y considerando que aún y cuando se recibió la presente causa en este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda con sede en Los Teques y se acordó la inmediata ejecución al fallo dictado en fecha 27-09-2005, este Tribunal a los fines de establecer la competencia observa:
A tal efecto el artículo 71 del Código Orgánico Procesal Penal, refiere la Competencia.
De igual forma el artículo 72 ejusdem, dispone lo siguiente:
“.... La prevención se determina por el primer acto de procedimiento que se realice ante un tribunal....”
Por su parte el artículo 73 ibídem, establece lo relativo a la unidad del proceso así como el artículo 77 ejusdem refiere el Modo de Dirimir la Competencia, disponiendo lo siguiente:
“En cualquier estado del proceso el tribunal que este conociendo de un asunto podrá declinarlo, mediante auto motivado, en otro tribunal que considere competente…”
De las normas anteriormente señaladas se desprende la competencia de los Tribunales, por lo que de las actuaciones cursantes ante el Juzgado Primero de Ejecución de este mismo circuito Judicial Penal y sede, se evidencia que este Tribunal conoció primero de la causa en referencia, por lo que este tribunal Tercero de ejecución considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECLARARSE INCOMPETENTE PARA SEGUIR CONOCIENDO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del penado MORANTES CARLOS MANUEL, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-6.271.615, de estado civil casado, nacido en Cúcuta Colombia 22-05-1954, de oficio Taxista, residenciado en residencias Hipódromo, piso 12, apartamento 122, avenida principal de coche, Caracas, actualmente detenido en el Internado Judicial de Los Teques y en tal sentido DECLINA LA COMPETENCIA de la misma, al Tribunal Primero de Ejecución de este mismo Circuito Judicial y sede. Remítase las presentes actuaciones. ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de acuerdo a lo establecido en los artículos 71, 72, 73 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA: DECLARARSE INCOMPETENTE PARA SEGUIR CONOCIENDO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del penado MORANTES CARLOS MANUEL, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-6.271.615, de estado civil casado, nacido en Cúcuta Colombia 22-05-1954, de oficio Taxista, residenciado en residencias Hipódromo, piso 12, apartamento 122, avenida principal de coche, Caracas, actualmente detenido en el Internado Judicial de Los Teques, de conformidad con lo establecido en los artículos 71, 72, 73 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal DECLINA LA COMPETENCIA de la misma, al Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, sede Los Teques,. Remítase las presentes actuaciones.
Regístrese, Notifíquese y déjese constancia en el Libro Diario, y Remítanse las Actuaciones.
EL JUEZ
JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
EL SECRETARIO,
EDUARDO SANCHEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
EDUARDO SANCHEZ
Causa Nro. 3E-002-05
JGHL