REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 17 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2005-001476
ASUNTO : MP21-P-2005-001476
Vista la QUERELLA presentada de conformidad con lo establecido en el artículo 292 y 294 del Código Orgánico Procesal Penal, por los Profesionales del Derecho MARIO TORREALBA Y ANTONIO RAMON PIÑERO BELISARIO, inscritos en el Inpreabogado Bajo los N° 63813 y 72524, respectivamente, actuando en representación del ciudadano ETANISLAO FALCON VELASQUEZ, contra la ciudadana ANALIS JOSEFINA OLIVERO ALMEIDA, por la presunta comisión del delito previsto y sancionado en el articulo 464 del Código Penal. Ahora bien, una vez revisadas cada una de las actas que conforman el presente asunto, observa que la misma cumple con la formalidad requerida por el artículo 293, así como los requisitos previstos en el articulo 294 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que este Tribunal ADMITE la misma en cuanto a lugar en derecho, conforme lo establecido en el articulo 296 de la Ley Adjetiva Penal. A tal efecto en lo sucesivo la victima será tenida como parte QUERELLANTE para todos los efectos legales, aquien igualmente se le deberá notificar de la presente. Igualmente Librese boletas de notificación a las partes, participándoles lo presente, y por último Librese oficio al Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de que designe un fiscal en el presente proceso. Particípese al QUERELLADO de lo presente. CUMPLASE.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON
LA SECRETARIA
ABG. NACARIS MARRERO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA
ABG. NACARIS MARRERO