REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todo el razonamiento antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, impone la Medida Cautelar, al imputado DOMINGO FLORES, antes plenamente identificado, de conformidad con el articulo 256 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal., la cual consiste en la Detención Domiciliaria en su propio domicilio Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía 14° del Ministerio Público, a los fines de continuar la investigación y presentar su acto conclusivo.
Regístrese, Diarícese y remítase junto con oficio al Fiscal 14° del Ministerio Público. CUMPLASE.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON
EL SECRETARIO


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO