TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Sala de Juicio. San Cristóbal, 29 de Septiembre de 2005.
194º y 145º
Revisado el presente procedimiento este Juez Temporal se AVOCA al conocimiento de la presente causa y acuerda proseguirla en el estado en que se encuentra. Vista la diligencia anterior suscrita por la ciudadana MAGALY COROMOTO GARCIA MEDINA con el carácter de autos, en consecuencia este Juez Unipersonal Temporal N° 1 DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO sobre el vehículo Marca Ford, Modelo-tipo Cabina-Cava; Modelo año 1988; Color Blanco; Serial de Carrocería AJF3JY36136, Serial del Motor I 6 cilindros, Peso 1.400 kg, Placas 015-XCV, Uso carga, propiedad del ciudadano WILLIAN JABET NIÑO GARCIA y el adolescente ABRAHAM SAID NIÑO GARCIA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 599 ordinales 1° y 3° del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia ofíciese lo conducente a la Dirección del Instituto de Tránsito Terrestre de Caracas a los fines de que retenga al mencionado vehículo y ponerlo a disposición de este Tribunal e informándole que el mismo puede ser ubicado en el Cementerio, Transporte Unión Central Caracas y se encuentra en posesión del ciudadano WILLIAN ANTONIO NIÑO CELIS, titular de la cédula de identidad N° V- 9.464.270 en virtud del Incumplimiento de la Obligación alimentaría. Cúmplase.
ABOG. VICTOR MELO ARAGORT
JUEZ UNIPERSONAL TEMPORAL NRO. 01
ABOG. ANDREINA DUQUE CASIQUE SECRETARIA
En la misma fecha se hizo lo ordenado, se libró oficio bajo el N° _________.
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