JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

195° y 146°

Vista la diligencia de fecha 27/05/1992, suscrita por el abogado PEDRO LUIS GONZALEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 41.078, con el carácter de coapoderado judicial de la parte demandante, ciudadana FRANCELINA SOSA DE CHACON, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 3.193.454 y de este domicilio, por una parte y por la otra, los codemandados, ciudadanos JUAN ONOFRE GARCIA VALERO y JOSE TEODULFO GARCIA VALERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.125.478 y V-9.240.437 en su orden y de este domicilio, asistidos del abogado J.A. RAMIREZ NAVAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 1.517, en la cual la parte demandante decide poner fin a la acción y al procedimiento mediante DESISTIMIENTO, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; en virtud que en la presente causa no hay más actuaciones que practicar archívese el expediente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil cinco (16/09/2005). Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.



GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL


MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA