JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

194º y 145º

Visto el contenido de la diligencia de fecha 10-08-2005, suscrita por la abogada MARTTA JANETH GARCÍA DE SÁNCHEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 58.589, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana ANA ROSA GALVIS HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-11.018.917, parte demandante, por una parte, y por la otra, el abogado JESÚS ARMANDO COLMENARES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 74.418, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos SAUL MOLINA ZAMBRANO e IVÁN DARIO SALAS MÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-2.283.780 y V-1.797.728, en su orden, mediante el cual manifiestan su intención de DESISTIR de la presente demandada; por cuanto se observa que los abogados antes mencionados mediante poderes que rielan a los folios 20 y 49 del expediente fueron facultados expresamente para ello; y que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil; asimismo por cuanto no hay más actuaciones que realizar en la presente causa archívese el expediente.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los diecinueve días del mes de septiembre de dos mil cinco (19/09/2005). Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.


GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal







MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria