REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCION DE CONTROL

Guarenas; 26 de SEPTIEMBRE de 2005
195° y 146°


Vista La solicitud interpuesta por ante éste Tribunal por el ciudadano CALDERON LEAL JOSE LUIS, quien es titular de la Cédula de Identidad Nº 6.341.380, mediante el cual solicita la entrega de un vehículo Marca Chevrolet, Modelo Chevette, Tipo Coupe, Color Blanco, Serial de Carrocería 5C116DV217243, Placas ATA-002, el cual se encuentra a la orden de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Miranda, el cual fue retenido por efectivos del Instituto Autónomo de Policía, región Policial Número 6, Guarenas- Guatire, y fue negada su entrega por parte de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público.


- Cursa anexa a la presente causa, copia del oficio emanado de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, mediante el cual NIEGA la entrega del vehículo solicitado , señalando que existe disconformidad en dos (02) caracteres entre los seriales físicos de carrocería y los indicados en el titulo de propiedad.
- Cursa Copia del Titulo de propiedad de fecha 11 de junio de 1986, a nombre del ciudadano GUSMAO RAPOSO DE SOUSA, en el cual se identifica el vehículo de la siguiente manera Placas del vehículo ATA 002, Serial de Carrocería 5CQQ6DV217243
- Año Color Blanco, Uso particular, Tipo Coupe, Marca Chevrolet, Modelo Chevette.
- Cursa copia de Documento Notariado por ante la Notaría Pública 19 del Municipio Libertador, mediante el cual JESUS GERONIMO GARCIA ORTEGA, da en venta pura y simple perfecta e irevocable a JOSE LUIS CALDERON LEAL, el vehículo con las siguientes características Placa ATA002, Serial de Carrocería 5CQQ6DV217243, Serial Motor 6DV217243, Marca Chevrolet, Modelo Coupe, Uso particular.
- Cursa copia de documento notariado mediante el cual la ciudadana NELIDA MADRIZ, da en venta al ciudadano JESUS GERONIMO GARCIA ORTEGA, el vehículo solicitado.
- Cursa Cursa copia de documento notariado mediante el cual el ciudadano ARMANDO IRAZABAL QUINTERO, da en venta a la ciudadana NELIDA MADRIZ, el vehículo con las mismas características que el solicitado.
- Cursa copia de documento notariado mediante el cual el ciudadano; JOSE GREGORIO PLAZA DE SOUSA, EN SU CARÁCTER DE Apoderado Judicial del ciudadano FERNANDO GUSMAO RAPOSO DE SOUSA, da en venta al ciudadano GUSTAVO ENRIQUE HERNANDEZ DIAZ, el vehículo con las mismas características que el solicitado.
- Cursa copia de la experticia en la cual los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas practicó experticia al vehículo solicitado y dejan constancia de lo siguiente:
- El Serial de carrocería 5C116DV217243 y el Serial del Motor 6DV217243, se encuentran en estado original.
CONCLUSIONES:
01. La unidad en estudio presenta el serial de carrocería en ORIGINAL
02. La unidad en estudio presenta serial del motor ORIGINAL

Ahora bien, de la experticia practicada se desprende que el serial de carrocería es Original y el mismo coincide con el Certificado de Registro de Vehiculo, no coincide con ninguno de los documentos de tradición de la propiedad del vehículo que fueron anexados en consecuencia SE NIEGA la entrega del vehículo solicitado dada la disonformidad existente entre el Certificado de Registro y los documentos anexos. Y ASI SE DECLARA.

DISPOSITIVA

En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA NEGAR LA ENTREGA del vehículo, Marca Chevrolet, Modelo Chevette, Tipo Coupe, Color Blanco, Serial de Carrocería 5C116DV217243, Placas ATA-002, al ciudadano; CALDERON LEAL JOSE LUIS quien es titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.341.380, en virtud de la disconformidad existente en el serial de carrocería. Notifíquese a las partes. Comunicándole la presente decisión. Remítase oficio al estacionamiento, donde se encuentra aparcado el vehículo ya identificado
LA JUEZ SEGUNDO EN FUNCION DE CONTROL

DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ PALACIOS

LA SECRETARIA

ABG. KARLA SANTIN



S2C00108