REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUARENAS.

TRIBUNAL DE EJECUCION

Guarenas, 26 de Septiembre de 2005
195º y 146º
CAUSA. N º 1E 231-03
JOVEN ADULTO: IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS
FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DR. OMAR FRANCISCO JIMENEZ.
DEFENSOR: DR. CIPRIANO CHIVICO
VICTIMA: PESTANA SANDRA MARÍA

DELITO: ROBO AGRAVADO

Visto y analizadas detenidamente las presentes actuaciones, en las cuales se hace el seguimiento de la Ejecución de la sanción impuesta al joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, procede este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Sección Adolescentes, a la Revisión de la Medida de Reglas de Conducta, que en fecha 12 de Julio del año 2.005, impusiera este mismo Juzgado de Ejecución de este Circuito Judicial Penal Sección Adolescentes del Estado Miranda, la cual consiste en culminar satisfactoriamente con el Servicio Militar Obligatorio, en el Fuerte Tiuna de la Ciudad de Caracas, de conformidad con lo previsto en el Literal “e” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; se observa que el mencionado joven se encuentra cumpliendo la medida de en el Batallón de Comunicaciones de Combate, General Diego Ibarra, a cargo del Coronel Raúl Ivan Rosales Alamo, el cual deberá consignar ante este despacho la correspondiente Baja Militar as los fines de proveer sobre el cese la sanción impuesta.-
De todo lo anteriormente se evidencia que lo ajustado a este caso es mantener la Medida de Reglas de Conducta, a objeto que el joven adulto logre alcanzar el máximo de madurez necesaria para lograr superar las dificultades que se le puedan presentar y de esta manera lograr reinsertarlo a la sociedad, siendo este el norte de nuestra Ley especial como lo es, la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente; es por lo que este Juzgado de Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ORDENA: No modificar ni sustituir la Medida Impuesta al joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, a tenor de la atribución contenida en el literal “a” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como lo es vigilar que se cumplan las medidas de acuerdo con la Sentencia. ASÍ SE DECIDE.- Notifíquese a las partes.-
LA JUEZ DE EJECUCION,

DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL.
EL SECRETARIO,

DR. MARCO ANTONIO GARCIA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,

DR. MARCO ANTONIO GARCIA


Exp. Nº 1E 231-03
MTSO/MG.-