REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUARENAS
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guarenas, 29 de Septiembre de 2.005
195º y 146º
Causa: N° 1E 124-01
Joven adulto: IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS.
Fiscal 18° del Ministerio Público, DR. OMAR FRANCISCO JIMENEZ.
Defensa Pública: DR. NESTOR PEREYRA
Delito: HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE ROBO.
Sanción: Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta.
Al joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, en fecha 14 de Junio de 2.005, se le impuso de las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, acordadas por el Tribunal de Juicio de este mismo circuito judicial en fecha 10 de Febrero de 2.004 y por el Tribunal de Segundo de Control de este mismo circuito en fecha 06 de septiembre de 2.001, previa acumulación de las causas, medidas previstas en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del Delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE ROBO, previsto en el artículo 408 ordinal 1, del Código Penal Vigente, debiendo cumplirlas por el lapso Un (01) año y ocho (8) meses y veinte y cuatro (24) días, en forma simultaneas, ante lo cual, procede este Juzgado de Ejecución a practicar cómputo de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia el joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, permanecerá cumpliendo simultáneamente las Medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta en la Dirección de Desarrollo Social de la Alcaldía del Municipio Plaza, con sede en Guarenas, Estado Miranda, y visto el oficio signado con el N° SLA 088-05, de fecha 14 de Julio de 2.005, que riela al folio trece (13) de la pieza VII, presente Expediente, procedente de la Dirección de Desarrollo Social de la Alcaldía del Municipio Plaza, con sede en Guarenas, Estado Miranda, del cual se desprende que el citado joven se presentó y se dio por notificado por ante esa Institución en fecha 15 de Junio de 2.005, en consecuencia las sanciones de Libertad Asistida y Reglas de Conducta impuestas de forma simultaneas al adolescente IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, culminarán el día 09 de Marzo de 2.007, inclusive , y por cuanto la fecha calculada por el Tribunal en la Audiencia de Imposición de la Medida difiere de la computada en el presente auto, se ordena librar oficio a la Dirección de Desarrollo Social de la Alcaldía del Municipio Plaza, con sede en Guarenas, a los fines de indicarle la fecha en la cual culminará la sanción impuesta al adolescente. Así mismo se ordena librar las correspondientes Boletas de Notificación a las partes. Líbrese oficio, líbrese Boletas de Notificación. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,
DRA. MARÍA TERESA SÁNCHEZ ORELL
EL SECRETARIO,
ABG. MARCO A. GARCIA
Exp: N° 1E 124-01
MTSO/MG.-
|