REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Oídas las partes, la jueza anunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, considera procedente que se continúen la investigaciones por los tramites del procedimiento ordinario por cuanto estima que aun existen actuaciones que practicar para el esclarecimiento de los hechos, todo de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 373 Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 280 ejusdem; en consecuencia se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 256 ordinales 3° ,5° y 6° del Código Orgánico procesal penal, presentación cada ocho (08) días ante la oficina del alguacilazgo, hasta tanto la fiscalia presente el acto conclusivo correspondiente. Prohibición de acercarse a la victima y prohibición de concurrir al lugar de los hechos. Se acuerda oficiar Centro de Rehabilitación HOGARES CREA a los fines se sirva recibir al ciudadano: TEOFILO GERMAN APONTE TORO. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación. Quedan notificadas las partes de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda remitir las actuaciones a la fiscalía actuante en su oportunidad. Se declara cerrada la audiencia siendo las 3:50 horas de la tarde
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON

LA FISCAL 9 (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO

DR. MARIA ELENA TIRADO

EL DEFENSOR PÚBLICO

DR. FRANCISCO CARLOMAGNO


EL IMPUTADO

TEOFILO GERMAN APONTRE TORO

La Secretaria

ABG. YAMILET GONZALEZ