REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se otorga medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad a favor de los imputados: TERESO AMARO MEDINA YANEZ e ISRRAEL RAMOS, sujeta a la presentación cada QUINCE (15) DIAS ante la Oficina de Presentación de Imputados, así como se le impone la prohibición de salir de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 en su ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, quedando obligado los imputados en asistir a todos los actos que le sean fijados y a no ausentarse de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal.