REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 25 de abril de 2006.
196º y 147º
Vista la diligencia de fecha 25 de abril de 2006 (Fls. 80, 81 y 82), suscrita por la abogada YRAIMA PETIT OMAÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.192, actuando con el carácter de Co-apoderada de la Sociedad Mercantil GRUPO CINCO, C.A., parte demandada, por una parte y por la otra el abogado MAURICIO VALBUENA PLATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.326, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JULIO BOLÍVAR SEVILLANO ARCE, parte demandante, respectivamente; contentiva de la Transacción celebrada entre ellos, el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la misma en los términos acordados por ellos y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado: Primero: Se levanta la medida de Secuestro decretada por este Juzgado en fecha 04 de abril de 2006 (F. 1 Cuaderno de Medidas); Segundo: Se acuerda hacer entrega de los documentos originales que reposan en la Caja de Seguridad, según consta de desglose realizado en fecha 07 de febrero de 2006 y cuyas copias cursan a los folios 9 al 17. Tercero: Se acuerda expedir por Secretaría copia fotostática certificada de la diligencia y del presente auto. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal
Jocelynn Granados Serrano
JMCZ/mr.- Secretaria
Exp: 18291
DEMANDATE: JULIO BOLÍVAR SEVILLANO ARCE
DEMANDADO: Sociedad Mercantil GRUPO CINCO, C.A.
MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO