REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA
En el día de hoy lunes veinticuatro de abril de dos mil seis (2006), siendo el día y la hora fijado en el auto anterior de fecha 21/04/2006, se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en la casa N° 2-50, Barrio Santa Rita, Vía el páramo de la Población de Michelena del Estado Táchira a fin de cumplir con la comisión emanada del Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por entrega de Material incoada por el Abogado: NESTOR OSIRIS RUEDA GIL, e inscrito en el Inpreabpogado bajo el N° 37.622, titular de la cédula de identidad N° V- 8.090.007, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana: Maria Mejias Lopez, titular de la cédula de Identidad N° E-37221953, constante de entrega de Material de un vehículo descrito en autos, por parte del ciudadano: KENEDY GIRALDO SANCHEZ MORENO, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° V- 10.173.897, actuando con el carácter de Depositario Judicial para lo cual fue nombrado por el Tribunal de la causa, en el Expediente Civil N° 109-98, Constituido el Juez Ejecutor de Medidas en el referido sitio o Inmueble, procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano: SANCHEZ MORENO KENEDY GIRALDO, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° V-10.173.697, con domicilio donde está constituido este Juzgado, quien estando presente el Juez lo impuso del contenido de la referida Entrega de Material sobre el vehículo objeto de la medida y expuso: “Quedo notificado de la misión de este Juzgado Ejecutor de Medidas.” Se encuentran brindándole protección al Tribunal y a las personas existentes en el mismo, los Agentes Policiales, ciudadano: RODRIGUEZ GERZON y CRUZ LUIS, venezolanos, titulares de la cédula de Identidad N° V-13.146.240, y V-8.893.102, en su orden, adscritos al Comando Policial del Municipio Michelena del Estado Táchira. Se encuentran presentes en este acto el apoderado Judicial de la parte actora, Abogado NESTOR OSIRES RUEDA GIL, ya identificado, quien solicito el derecho de palabra y concedido que le fue por el Tribunal, expuso: “ A fin de dar cumplimiento con la Entrega Material sobre el vehículo plenamente descrito en autos. Decretada por el Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, solicito a este Juzgado Ejecutor de Medidas, se de cabal cumplimiento con las misma e igualmente solicito se designe de perito al ciudadano: CIERVO MOLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-2.551.090, domiciliado en San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a los fines de que se describa que se describa las condiciones en que se encuentra el vehículo objeto de la medida de entrega de material.” Es todo. Seguidamente este Juzgado Ejecutor, visto lo solicitado por el Apoderado Judicial de la parte actora, ya nombrado y plenamente identificado, designa como perito al ciudadano: Ciervo Molina ya identificado anteriormente en esta acta, quien estando presente el Juez le tomo juramento de ley expuso: “Acepto el cargo de perito y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo y procedió a describir el vehículo en los siguientes términos MARCA OPEL, MODELO REKOR, TIPO SEDAN, COLOR GRIS, CLASE AUTOMOVIL, USO PARTICULAR, AÑO1.969, PLACAS N° SBH-013, el referido vehículo se encuentra en mal estado, tanto de pintura y tapicería, latonería en mal estado, vidrios en regular estado, stop traseros y delanteros partidos, pisos podridos, no posee motor ni caja de velocidades, caucho repuesto en mal estado, tablero en mal estado, cepillo limpia brisa en mal estado y el mismo se encuentra en el garaje descubierto sin techo y demás características descritas en autos”. Es todo. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas, en cumplimiento de la medida acordada por el Tribunal comitente, hace entrega formal del vehículo antes identificada, al apoderado Judicial de la parte actora, ya plenamente identificada en autos, quien estando presente manifestó recibirlo en las condiciones expuestas en la presente acta y procedió a retirarla del lugar donde se encuentra por sus propios medios. Es todo, este Juzgado declara cumplida la presente comisión de conformidad con la ley. No siendo otro el objeto del Tribunal, declara concluido el acto y acuerda regresar a su sede a las 10:30am. Terminó, se leyó y conformes firman.
JUEZ EJECUTOR
RAMON ALI MENDEZ VASQUEZ
EL NOTIFICADO.
KENEDY GIRALDOSANCHES MORENO.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA.
NESTOR OSIRES RUEDA GIL.
AGENTES POLICIALES.
RODRIGUEZ GERSON
PERITO AVALUADOR.
CIERVO MOLINA
EL SECRETARIO.
WILLIAM F. ZAMBRANO Z.