REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
TRIBUNAL EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº1

San Cristóbal, 17 de abril del año 2006.
195º y 146º.
CAUSA Nº: E1-184

Ref.: Auto que decreta EXTINCION DE LA PENA

Visto el Oficio No. 134-06, de fecha 05 de abril de 2006, procedente de la Prefectura de la Parroquia la Concordia del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, suscrito por el Abogado Juan Carlos Chacón Sánchez, mediante el cual remite a este Despacho Judicial constancia de presentación relacionadas con el penado WILSON ARMANDO ANGEL TARAZONA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V.-5.670.610, ha finalizado y cumplido con las presentaciones impuestas desde fecha 14 de JUNIO de 2002, en virtud de habérsele otorgado la Medida de Libertad Condicional, este Tribunal para decidir observa:
Consta en las actuaciones, que el penado fue condenado en calenda 11-04-1996, por el extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a cumplir la pena principal de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del punible de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en los artículos 460 del código penal, ahora bien, esta Juzgadora evidencia que en el caso sub examine el penado ha dado fiel cumplimiento a las condiciones que se le impusieron para otorgar el Confinamiento, dictada en decisión de fecha 14-06-2002, por éste Tribunal, según se desprende del Oficio atinente al penado, emitido por la Prefecto de la Parroquia la Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira, suscrito por el abogado Juan Carlos Chacón Sánchez, el cual señala y anexa la constancia de presentaciones del penado WILSON ARMANDO ANGEL TARAZONA desde fecha 19-06-2002 hasta 19-10-2003, es por lo que este Tribunal observa, que el penado WILSON ARMANDO ANGEL TARAZONA, ha cumplido totalmente la condena que le impuso el extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en consecuencia, debe declararse la extinción de la responsabilidad criminal correspondiente, y la libertad plena de dicho ciudadano, todo de conformidad con lo estipulado en el artículo 105 del Código Penal. Así se decide.
En mérito de lo expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,

RESUELVE:
ÚNICO: DECRETA la EXTINCIÓN DE LA PENA, por cuanto el ciudadano WILSON ARMANDO ANGEL TARAZONA, dio cumplimiento efectivo a la condena impuesta por el extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y por tanto decreta la libertad plena y la extinción de la responsabilidad criminal respecto de dicho ciudadano, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal.

En San Cristóbal, a los diecisiete (17) días del mes de abril del año dos mil seis.
Cópiese, notifíquese y cúmplase,


Abg. LUPE FERRER ALCEDO
Juez Primero de Ejecución.


Abg. MARLENY MAYLET CARDENAS CORREA.
La Secretaria.