REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 17 de Abril de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-000900
ASUNTO : SP11-P-2006-000900
Visto el escrito, presentado por el Abogado CARLOS JULIO USECHE CARRERO, actuando en su carácter de Fiscal Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de JOSÉ LUIS SÁNCHEZ GUTIÉRREZ, Colombiano, con cédula de ciudadanía Nº CC-81.895.068, Residenciado en el Barrio Simón Bolívar, Carrera 12, Nº 1-82, San Antonio Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 numera 2º, en concordancia con el artículo 415, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: JHON HERMES GUTIÉRREZ DELGADO, venezolano, con Cédula de identidad Nº V-13.927.803, Residenciado en el Barrio La Integración, Calle 11, Sector 4, Casa 34, Municipio Pedro María Ureña Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesa Penal, en consecuencia, para decidir observa:
En fecha 10 de Octubre de 2002, aproximadamente a las 08:360 horas de la mañana, los funcionarios SGTO/2DO. (TTO) Placa 2035 RAMÓN OVALLES y C/2DO (TTO) Placa 5038 JAIME RODRÍGUEZ SUÁREZ, adscritos al Comando del Puesto de Vigilancia y Auxilio Vial Unidad 61 del Cuerpo de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre, de San Antonio, Estado Táchira, fueron Comisionados por el Oficial de Día para que se Trasladaran hasta: la vía Principal San Antonio-Ureña, frente a la entrada del Terminal de pasajeros donde según usuarios de la vía había ocurrido un Accidente de Tránsito, de inmediato se trasladaron al lugar en la Unidad MTC-00897 con la finalidad de verificar los hechos, una vez en el sitio indicado se procedió a constatar el mismo, observándose el Choque entre Vehículos (Camioneta Motocicleta), con Saldo de Una Persona Lesionada, la cual fue trasladada por el Conductor el ciudadano: JOSÉ LUIS SÁNCHEZ GUTIÉRREZ, a la Cruz Roja de esta ciudad, siendo atendido por el médico de guardia, quien dio Diagnóstico Reservado.
En fecha 11 de Octubre de 2002, son recibidas en la Fiscalía las actuaciones procedentes de San Antonio del Táchira del Cuerpo Técnico de Tránsito y Transporte Terrestre, asignándosele la nomenclatura 20F8-2955/02, en esta misma fecha se comisiona suficientemente a funcionarios adscritos al Cuerpo Técnico de Tránsito y Transporte Terrestre, de San Antonio, Estado Táchira, con la finalidad de que practiquen diligencias útiles y necesarias al respecto, relativas a la determinación de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurre el mencionado Accidente Automovilístico.
De lo expuesto considera este Juzgador, que de la revisión realizada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia la comisión que el hecho por el cual inicialmente se apertura la investigación, se encuentra tipificado en el artículo 422, numeral 2ro. Del Código Penal en concordancia con el artículo 415 ejusdem, el cual prevé una pena corporal que va de Uno a Doce Meses de Prisión, tal como lo establece la norma penal, acá antes invocada por lo que en consecuencia ha transcurrido un tiempo superior a TRES AÑOS de la ocurrencia del mencionado Accidente Automovilístico, haciendo procedente la extinción de la Acción Penal por prescripción, tal como lo señala el contenido del numeral 6to del artículo 108 del Texto Penal Sustantivo
Igualmente consta que fue entregado el Vehículo Clase Camioneta, Marca Ford, Modelo Bronco, Color Azul y Negro, Placas 865-XES, Tipo Pick Up, Año 91, Serial Carrocería AJU1MY16356, Serial Motor 6 Cil, a su Propietario Legal el ciudadano: JOSÉ LUIS SÁNCHEZ GUTIÉRREZ, C.C. 81.895.068, Solicitud de Experticia 20F8-3283/02 de fecha 22/10/02, Experticia del CICPC Nº 9700-062-7197, de fecha 01/11/02, Experticia de Vehículo Nº 062327, Entrega según oficio Nº 20F8-3432-02 de fecha 06/11/2002, y el vehículo Clase Motocicleta, Marca Yamaha, Modelo RX-115, Color Negro, Tipo paseo, Placas WBP-94, Serial Carrocería 4JF015926, Serial Motor 4JF015926, Solicitud de Experticia Nº 20F8-3278/02 de fecha 21/10/02, Experticia CICPC Nº 9700-062-7069 de fecha 25/10/02, Experticia de Vehículo Nº 317, Entrega según oficio Nº 20F8-3503-02 de fecha 12/11/2002, al ciudadano: GUTIÉRREZ DELGADO ANA DE JESÚS, CC-60.334.850, emanado de la Fiscalía Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita, de conformidad con lo establecido en el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra JOSÉ LUIS SÁNCHEZ GUTIÉRREZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
El Juez Tercero de Control.
ABG. MIKE ANDREWS PARADA AMAYA
El Secretario,
Abg. Héctor E Ochoa H.