REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 17 de Abril de 2006
195° y 147°

En el día de hoy, Diecisiete (17) de Abril del año Dos Mil Seis (2006), quien suscribe IRIS MORANTE HERNÁNDEZ, Juez Primera de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, por medio de la presente ACTA ME INHIBO, de conocer de la presente solicitud, signada con el N° 1CS-083/06, relacionada con la juramentación de los abogados privados JUAN CARLOS MORANTE HERNÁNDEZ y RUTH YAJAIRA MORANTE HERNÁNDEZ, portadores de las cédulas de identidad Nros. V- 6.464.858 y V- 3.587.822, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 41.076 y 20.080, dicha INHIBICION, se fundamenta en el contenido del artículo 86, ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece: “Por el parentesco de consanguinidad o de afinidad dentro del cuarto y segundo grado respectivamente, con cualquiera de las partes o con el representante de alguna de ellas,” como se observa de las actas que conforman la presente solicitud se evidencia que los abogados JUAN CARLOS MORANTE HERNÁNDEZ y RUTH YAJAIRA MORANTE HERNÁNDEZ, quienes fueron designados por el ciudadano JESUS ENRIQUE RODRIGUEZ GARCÍA, portador de la cédula de identidad N° V- 11.181.580, para que los representara en la causa que le sigue la Fiscalía Auxiliar Segunda del Ministerio Público del Estado Miranda signada con el N° 15F2-1459-05 son mis hermanos consanguíneos. En consecuencia se acuerda abrir un cuaderno de incidencia remitiendo la presente acta y copia certificada de los folios 1 y 2, a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal y Sede, y líbrese oficio remitiendo las presentes actuaciones a la Oficina del Alguacilazgo para su redistribución entre los Tribunales de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y Sede. Es todo. Cúmplase.-
LA JUEZ

IRIS MORANTE HERNANDEZ
LA SECRETARIA

OGLA BOTTO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.-

LA SECRETARIA
CAUSA 1CS-083-06
IMH/OB/jpc.-