REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 21 de abril de 2006
196° y 147°


CAUSA No. 3C48298-05
JUEZ: LIESKA DANIELA FORNES DÍAZ.
SECRETARIO: ELIZABETH ATALLAH GESSER.

IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
INVESTIGADOS: RIVERO CAMACHO JEAN CARLOS, portador de la cédula de identidad Nro. V-13.727.760 (mostró cédula), edad 28 años; profesión u oficio: Auxiliar de Farmacia, domicilio: Vía San Pedro de Los Altos, frente a la Residencia Río Arriba, casa s/n, de bloque, arriba hay una bodega, Los Teques, Estado Miranda, Lugar de Trabajo: Desempleado, trabajaba en la Fosforera; estado civil: soltero, fecha de nacimiento: 08-05-1977, hijo de Lupe Marina Atencio Camacho (v) y Luis Alberto Rivero (v), Grado de Instrucción: 6° grado Aprobado, teléfono: 0412-593.70.29 (es de mi novia Viviana Castillo). También figuran como imputados en la presente causa los ciudadanos ESCAMILLA JIMÉNEZ ORLANDO JOSÉ y ESCAMILLA JIMÉNEZ JOSÉ ORLANDO.

FISCAL: Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

DEFENSA: ADRIANA RODRIGUEZ PIMENTEL, profesional del derecho registrada en el I.P.S.A con el N° 32.732, con domicilio procesal en calle Arismendi, local C, diagonal al Palacio de Justicia de Los Teques, defensora del ciudadano RIVERO CAMACHO JEAN CARLOS.

VÍCTIMA: JIMÉNEZ LUQUE VÍCTOR ENRIQUE, portador de la cédula de identidad Nº V- 8.675.742.

DELITO: EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 459 del Código Penal.



Visto el escrito presentado por la profesional del derecho ADRIANA RODRIGUEZ PIMENTEL, quien en su carácter de defensora privada del ciudadano RIVERO CAMACHO JEAN CARLOS, portador de la cédula de identidad Nro. V- 13.727.760, mediante el cual solicita el cese de las presentaciones impuestas a su defendido, por cumplimiento de las mismas, “así como la nulidad de la Prohibición de Salida del País y de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda”, este tribunal decide seguidamente.


DISPOSITIVO.

Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Acuerda el cese de las presentaciones impuestas en decisión dictada en fecha 06 de julio de 2005 y que realizaba el ciudadano RIVERO CAMACHO JOSÉ LUIS, portador de la cédula de identidad Nro. V-13.727.760, por cumplimiento de las mismas. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de nulidad planteada por la Defensa.

Se declara parcialmente con lugar la solicitud realizada por la Defensa.

PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. DÉJESE COPIA AUTORIZADA DE LA PRESENTE DECISIÓN. NOTIFÍQUESE.

LA JUEZ

LIESKA DANIELA FORNES DIAZ

LA SECRETARIA

ELIZABETH ATALLAH GESSER
Nro. 3C-48298-05
21-04-2006
RIVERO CAMACHO JEAN CARLOS
5/5