REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARAR SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la ABG. CAROLINA ANGULO, Defensora Pública Penal del ciudadano ANTONIO JOSE FERREIRA DE ABREU, de nacionalidad: Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, en fecha 19/06/1983, de 22 años de edad, de profesión u oficio: OBRERO, nombre de sus padres: MARIA NELIDA ABREU FARIA(v) y ANTONIO RODRIGUEZ FERREIRA(V), residenciado en: Sector el Rincón calle la Libertad, casa Nro, 3, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, Los Teques, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.370.117, a quien se le sigue causa, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 1, en concordancia con lo establecido en el artículo 425 Ejusdem, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal,


Regístrese, publíquese y notifíquese al penado la presente decisión.
LA JUEZ


JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ
LA SECRETARIA


VALENTINA ZABALA


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado librasen las correspondientes Boletas de Notificaciones a las partes.


LA SECRETARIA


VALENTINA ZABALA




EXP. NRO. 4C-50476-05
JJTV/ vzv.-