REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 6 de Abril de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : ML21-P-2000-000046
ASUNTO : ML21-P-2000-000046
JUEZ: Abg. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO.
SECRETARIA: NACARIS MARRERO
PENADO: JOSE DE ABREU RODRÍGUEZ
FISCAL: Abg. ANGEL BASTARDO. FISCAL DÉCIMO DEL MINISTERIO PUBLICO CON COMPETENCIA PLENA EN MATERIA DE EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
DELITO: DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS.
En virtud de la rotación anual de Jueces se me designa para encargarme del Tribunal Primero Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy en sustitución de la Abg. ALEJANDRA RIVAS, de lo cuál se me notifica mediante Oficio Nº 772, de fecha 28-09-04, emanado de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, por lo que me Aboco al Conocimiento de la presente Causa; y de la revisión realizada a las actas procesales que conforman el presente asunto, este Juzgado para decidir, previamente, observa:
Cursa al folio 41 del presente asunto oficio N° 1119-04 emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cuál se le solita a este Tribunal se sirva remitirle las presentes actuaciones en virtud de que por ante ese tribunal cursa la causa principal seguida al penado de autos, ciudadano JOSE ASENCAO DE ABREU RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° E.-910.157, en expediente signado con el N° 0222, nomenclatura de ese despacho; y del análisis de las actas que conforman el presente asunto se evidencia que en efecto esta relacionado con el penado ciudadano JOSE ASENCAO DE ABREU RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° E.-910.157, quien fue condenado mediante sentencia dictada por el Juzgado Superior Vigésimo Tercero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 08 de febrero de 1995, siendo ejecutada dicha sentencia mediante auto dictado por el Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de octubre de 1997, en el Expediente signado con el N° 2795-94. Posteriormente en auto dictado en fecha 29 de marzo de 2000, este tribunal le confiere al penado el Beneficio de Confinamiento, librando la correspondiente Boleta de Excarcelación, cursantes a los folios 16 al 19 de las presentes actuaciones, en consecuencia, y teniendo el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, las funciones señaladas en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que se acuerda devolverle las presentes actuaciones, a los fines legales consiguientes. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
Abg. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO.
LA SECRETARIA
Abg. NACARIS MARRERO.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA
Abg. NACARIS MARRERO.